Cheques

Fecha en la que empiezan a pagar la ayuda de 200 euros

La Agencia Tributaria da un plazo de tres meses desde que finaliza el plazo para solicitar la ayuda, para llevar a cabo los ingresos.


El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre nuevas iniciativas para responder a las consecuencias que la guerra de Ucrania está teniendo en la economía española.

Entre estas medidas figura el abono extraordinario de 200 euros destinado a apoyar las rentas de las familias de clase media en un contexto de inflación. Con esta ayuda, que alcanzará a 4,2 millones de hogares, se reducirán las situaciones de vulnerabilidad económica que no están cubiertas por otras prestaciones sociales.

¿Cómo se paga la ayuda de 200 euros?

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria.

Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.

¿Cuál es el plazo para pagar la ayuda?

El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.

Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Si quieres recibir mas artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.

¿Puedo reclamar, si no me pagan la ayuda?

Si el solicitante está en desacuerdo con la resolución podrá interponer:

Recurso de Reposición, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

¿En qué plazo y cómo se presenta la solicitud?

Los contribuyentes podrán solicitar la ayuda de pago único de 200 euros desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.

Tendrán que rellenar un formulario en la Agencia Tributaria, en el que facilitarán la cuenta bancaria donde deseen que se realice la transferencia. Será necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite.

Si el solicitante tiene domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco, las haciendas locales serán las competentes para recibir las solicitudes y administrar el cheque.

Información adicional

Tú haces posible este medio

Solo respondemos ante nuestros suscriptores: ante personas como tú que creen que nuestro trabajo importa. Por eso, si crees en este proyecto y en sus valores, pedimos tu colaboración para que podamos seguir siendo independientes. Nuestro objetivo es no depender de publicidad de grandes empresas, para que nuestra información siga siendo accesible y gratuita.

Te llevará menos de un minuto y puedes hacerlo desde Patreon con suscripciones que van desde 1€ al mes.

Aunque parezca una cantidad pequeña, sumada a las de muchas más personas, es lo que hace posible que existamos.

Muchas personas, con pequeñas decisiones, pueden hacer grandes cosas.

Haz posible este proyecto

Redacción

Pedirayudas.com: Tu portal de referencia en asesoramiento de ayudas, prestaciones y recursos gestionado por profesionales del ámbito social.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba