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Ayudas parados larga duración: SEPE

Existen varias ayudas del SEPE a las que una persona se puede acoger, aunque siempre deberán cumplir una serie de requisitos


Si estás parado y necesitas solicitar una prestación por desempleo, a continuación te contamos cuáles son las ayudas a parados de larga duración que ofrece el SEPE, así como las características y requisitos.

Estas son las ayudas del SEPE para parados de larga duración

Entre las diferentes ayudas del SEPE para parados de larga duración a las que podemos optar, encontramos las siguientes.

La Renta Activa de Inserción (RAI)

La Renta Activa de Inserción (RAI), es una ayuda para parados de larga duración del SEPE de 480 euros mensuales. Se otorga por periodos de 11 meses renovables hasta tres anualidades (en total 33 meses). Se concede en cuatro situaciones, dos de ellas para desempleados de larga duración.

En la RAI se exige el doble requisito de carencia de rentas, de modo que el solicitante no debe tener rentas propias que superen los 750 euros mensuales (el 75% del SMI vigente), ni tampoco la media de ingresos por miembro de su unidad familiar debe superar dicho importe.

Si te encuentras en esta situación, previamente deberás acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de tu oficina la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).

Se considerarán actuaciones de BAE cada una de las siguientes:

  • Trabajo por cuenta propia o ajena.
  • Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
  • Envío o presentación de curriculos en, al menos, tres empresas distintas.
  • Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
  • Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.
  • Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
  • Cualquier acción formativa o de información dirigida al autoempleo y emprendimiento, ofertada por los Servicios Públicos de Empleo.

Deberás cumplir los siguientes requisitos para tener derecho a la renta activa de inserción (RAI). Es decir, además de los requisitos generales se debe cumplir estos requisitos para obtener esta ayuda para parados de larga duración del SEPE:

  • Tener 45 o más años de edad.
  • Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
  • No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
  • Estar inscrito o inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción o si se ha salido al extranjero. No se considerará interrumpida la inscripción por trabajo inferior a 90 días y cuando se acredite que la salida al extranjero ha sido por una estancia igual o inferior a 15 días y se ha producido por:
  1. Matrimonio.
  2. Nacimiento de hijo o hija.
  3. Fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.

El subsidio extraordinario de desempleo (SED)

Esta nueva ayuda para parados de larga duración del SEPE únicamente pueden solicitarla aquellos desempleados de larga duración que cumplan la BAE y los siguientes requisitos:

  • Tener responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 años a su cargo).
  • Carecer de rentas. En el SED se exige el doble requisito de carencia de rentas, de modo que el solicitante no debe tener rentas propias que superen los 750 euros mensuales, ni tampoco la media de ingresos por miembro de su unidad familiar debe superar dicho importe.
  • No haber cobrado anteriormente la ayuda del PAE (Programa de Activación para el Empleo).

Y que además se encuentren en una de estas dos situaciones:

  • Haber agotado un subsidio ordinario por desempleo (ayuda familiar, cotización insuficiente, etc.). En cuyo caso, deben pedir el subsidio extraordinario dentro de los 15 días siguientes al agotamiento de los subsidios ordinarios.
  • Ser parado de larga duración, inscrito en el paro a fecha 1 de mayo de 2018 y que en algún momento de su vida laboral hayan agotado alguna de estas ayudas por desempleo: prestación contributiva, subsidios por desempleo, Renta Activa de Inserción RAI, Plan PREPARA o el antiguo PRODI. En este caso no hay límite de plazo para solicitar el SED.

La cuantía del SED es una ayuda para parados de larga duración del SEPE de 480 euros al mes durante seis meses improrrogables.

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Subsidio mayor de 52 años

Si tienes 52 años o más y ha agotado la prestación o subsidio por desempleo, existe esta ayuda para parados de larga duración del SEPE. Aquí te decimos cuáles son los requisitos que se debe cumplir y la información necesaria para solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años.

Requisitos generales:

  • Estar en desempleo.
  • Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
  1. Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
  2. Ser emigrante que ha retornado a España (debe haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años, desde su última salida de España, en países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE)). Y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
  3. Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
  4. Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.
  5. Contar con los años de cotización necesarios para acceder a la pensión de jubilación. Esto significa haber cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de la vida laboral y que al menos dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15 y que ha cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
Cuantías y duración

La duración de esta ayuda para parados de larga duración del SEPE será hasta que se alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. La cuantía son 480 € al mes.

Subsidio mayor de 45 años

Es una ayuda de 480 euros al mes para personas de 45 años o más que sean desempleadas o parados de larga duración. Además, para acceder a esta ayuda para parados de larga duración del SEPE, deberán haber agotado la prestación contributiva y no consigan un empleo debido a su dificultad para acceder al mercado laboral.

Requisitos:

  • No deben tener responsabilidades familiares a su cargo.
  • Indispensable que estén inscritas como demandantes de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación.
  • No hayan rechazado una oferta de colocación adecuada.
  • No ingresen más del 75%del SMI (810 euros de ingresos mensuales).
¿Cuánto se cobra en el Subsidio mayor de 45 años?

Esta ayuda para parados de larga duración del SEPE tiene una cuantía de 480 euros al mes.

Información adicional

Belén Romero Escolano

Trabajadora Social
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