Tribunal Médico

¿Qué es el dictamen-propuesta de la incapacidad permanente?

El dictamen-propuesta es un documento importante en el proceso de solicitud de pensión de incapacidad permanente


Cuando se inicia un procedimiento para la obtención de la Incapacidad Permanente, uno de los pasos es la emisión del dictamen-propuesta por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

En este artículo vamos a ver qué es este dictamen-propuesta, cuáles son sus características, así como el contenido de este.

¿Qué es dictamen-propuesta?

El dictamen-propuesta recoge una parte de la resolución de los inspectores que han evaluado el estado del trabajador. Es decir, los integrantes del Tribunal Médico.

Por tanto, pasa a ser un documento corto muy importante dentro del proceso de solicitud de incapacidad permanente.

En el mismo se integran las conclusiones que extrae el EVI como organismo oficial a partir del informe de síntesis.

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Características del dictamen-propuesta

Las características son las siguientes:

  • Preceptivo: es decir, que forma parte de la normativa que regula el procedimiento.
  • No es vinculante: es decir, el INSS no tiene por qué seguir lo que se indica en él. Como su propio nombre indica, se trata de una propuesta.

Contenido del dictamen-propuesta

Este documento debe pronunciarse sobre los siguientes aspectos:

  1. La anulación o disminución de la capacidad para el trabajo por existencia de situaciones de incapacidad permanente.

  1. La calificación del grado de incapacidad.

  1. Revisión de la incapacidad por:

  • Agravación
  • Mejoría
  • Error de diagnóstico
  1. Determinación de la contingencia causante de la incapacidad.

Ante este dictamen ¿qué puede hacer el INSS?

Como te he comentado anteriormente, una de las características del dictamen-propuesta es que no es vinculante.

En este sentido, el INSS puede actuar de diferentes posturas:

  • Denegando la incapacidad
  • Declarando la existencia de incapacidad permanente y el grado
  • Elevando o disminuyendo el grado tras una revisión
  • Dando el alta médica
  • Dando una prórroga de la baja (máximo hasta los dos años)

Información adicional

Laura Castilla

Asesora Sociolaboral

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