La Seguridad Social dispone de un servicio para realizar el pago con tarjeta, de las deudas que hayamos podido contraer con la administración.
Este servicio permite el pago con tarjeta bancaria de débito o crédito de todas aquellas deudas con la Seguridad Social en vía voluntaria no ingresadas en plazo reglamentario, las deudas en vía ejecutiva y las deudas que hayan sido objeto de reclamación de deuda.
A quién va dirigido
Este tramite va dirigido a titulares de deudas con la Seguridad Social, ya sean ciudadanos o empresarios.
Qué permite realizar
A través de este servicio podrás pagar con tarjeta de crédito o débito los siguientes tipos de deuda:
- Liquidaciones de deuda,
- Reclamación de deuda,
- Acta de liquidación,
- Providencia de apremio,
- Expediente de apremio,
- El importe de las cuotas inaplazables referidas a expedientes de aplazamientos y también aquellos importes correspondientes al menos a un tercio de la deuda aplazable en los aplazamientos inferiores a 90.000 euros que queden exentos de constituir garantía por la aplicación del artículo 33.4.b) del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
- Fraccionamiento de reintegro de prestaciones indebidas.
Al finalizar el pago, obtendrás un justificante que surtirá los mismos efectos que si el ingreso se hubiera realizado en la Tesorería General de la Seguridad Social.
La utilización de este servicio es totalmente gratuita, sin ningún tipo de comisión o cargo añadido.
Qué necesito para realizarlo
- Documento de deuda o documento de ingreso. Es necesario para indicar el número de referencia o expediente y el número de cuenta que figura en el documento.
- Tarjeta bancaria de crédito o débito y sus correspondientes datos de seguridad (clave, PIN, etc.).
A tener en cuenta
Es necesario que te asegures de que accedes a la dirección de pago correcta, con el fin de garantizar la seguridad en el acceso a este servicio: sede.seg-social.gob.es
Requisitos para el pago: deben consignarse obligatoria y correctamente los siguientes datos:
- Apellidos y nombre del deudor / deudora o razón social de la empresa deudora.
- NIF / NIE del deudor/deudora.
- Número de referencia del expediente.
- Número de cuenta / IBAN: deberán figurar todos los dígitos de la cuenta que consten anotados en el documento de deuda o de ingreso. Posteriormente deberás verificar que coinciden los datos en pantalla con los del documento de deuda o de ingreso.
Cuando hayas rellenado todos los datos obligatorios para realizar el pago, así como el importe a que asciende éste, debes pulsar sobre el botón «Realizar el pago», situado en la parte inferior de la pantalla.
Con el fin de garantizar la seguridad en la operación, se te requerirá introducir los datos exigidos por la entidad emisora de tu tarjeta (clave secreta remitida por SMS al dispositivo móvil del titular, PIN+NIF del titular, CIP o clave secreta de identificación personal proporcionada por la entidad financiera emisora de la tarjeta al titular de la misma)»
Justificante de pago
Una vez concluida la operación de pago, aparecerá en pantalla un recibo de la transacción llevada a cabo que será el justificante del pago realizado. No olvides imprimirlo o guardarlo en soporte PDF.
El justificante surtirá para los responsables del pago los mismos efectos que si el ingreso se hubiera realizado en la Tesorería General de la Seguridad Social con cualquier otro medio de pago y, en consecuencia, quedarán liberados para con ésta, en la fecha en que el dinero tenga entrada en la cuenta restringida de la Tesorería General de la Seguridad Social, por el importe que figure en dicho justificante. El deudor a quien se haya expedido el correspondiente justificante de pago podrá solicitar de la TGSS, y ésta deberá expedir, certificación acreditativa del pago efectuado.
En el justificante de pago expedido se detallará la siguiente información:
- Cuenta de ingreso / IBAN: número de la cuenta en que se ha efectuado tal pago.
- Apellidos y nombre del deudor/deudora o razón social de la empresa deudora.
- NIF / NIE del deudor/deudora.
- Número de referencia o del expediente.
- Identificación de la transacción. Código numérico único que identifica cada una de las operaciones de pago realizadas y sirve para realizar el seguimiento y control de las mismas.
- Cantidad: es el importe al que asciende el pago realizado con tarjeta de débito o de crédito.
- Fecha y hora: día en el que se realiza la operación de pago con la expresión de la hora, minuto y segundo en que se ha producido.
- Resultado de la operación: cuando la operación concluye de forma satisfactoria, en el justificante de pago aparecerá tal cual, la siguiente información: «El pago se ha realizado correctamente».
Efecto de pago
El pago efectuado mediante tarjeta de débito o de crédito se entenderá realizado en la fecha en que los fondos tengan entrada en la cuenta restringida de la Tesorería General de la Seguridad Social consignada al efectuar el ingreso. Como regla general, entre las 24 y las 48 horas siguientes a la ejecución correcta de la operación en el terminal de conexión.
Si por alguna circunstancia el ingreso correspondiente al pago efectuado con tarjeta de débito o de crédito se produjese transcurridas 48 horas, el pago se entenderá realizado en la fecha en que tal ingreso tenga entrada en la cuenta restringida de la Tesorería General de la Seguridad Social consignada en el momento de la realización del pago.
Información adicional
- Cita previa.
- Telefonos de información.
- La Seguridad Social me ha hecho un pago indebido ¿Puedo reclamar o fraccionarlo? ¿Prescribe la deuda?
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