
La Prestación económica por hijo a cargo es una Prestación económica familiar que se reconoce por hijo o menor de 18 años a cargo del beneficiario, también entraran en esta prestación aquellos con hijos afectados por una discapacidad igual o superior al 65%, no importando su filiación.
Beneficiarios
- Residentes en España
- Tengas hijos menores o mayores con una discapacidad igual o superior al 65% a cargo, aunque estos estén realizando alguna actividad laboral, siempre y cuando no superen el salario mínimo interprofesional que en el año 2014 fija a 645,30 euros.
- No este cobrando otras prestaciones de régimen publico de protección social.
- No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, que sumen 11.519,16 euros dicha cuantía se incrementara en un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo, en el caso de hijos con discapacidad no existe limitación ingresos anuales.
- Cuando se trate de familia numerosa (mínimo 3 hijos a cargo o dos y uno de ellos con una discapacidad igual o superior al 33%) los ingreso no deben ser superiores a 17.337,05 incrementándose por cada hijo a cargo
- Otros beneficiarios, huérfanos de ambos progenitores si no se encuentran en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo y que cumpla con los requisitos de edad o discapacidad
Cuantía
La cuantía dependerá del numero de hijos a cargo:
- Por un hijo a cargo: 291,00 euros anuales.
- Por dos hijos a cargo: 582,00 euros anuales.
- Por tres hijos a cargo: 873,00 euros anuales.
- por cuatro hijos a cargo: 1.164,00 euros anuales.
en aumento la cuantía en función de los hijos a cargo.
Para personas con discapacidad, la compensación económica cambia:
- Hijos o menores de 18 años con discapacidad igual o superior al 33% 1000,00 euros anuales por hijo a cargo.
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65% 4.390,80 euros anuales por hijo a cargo.
- Hijos mayores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 75% 6.586,80 euros anuales por hijo a cargo.
El pago de las cuantías se hará semestralmente en el caso de hijos a cargo a semestres vencidos en el caso de personas con discapacidad mayores de 18 años el pago sera mensual a mes vencido.
Duración
La asignación económica inicialmente reconocida se percibirá mientras no se produzcan variaciones familiares que determinen su aumento, disminución o extinción.
Denegación / Extinción
- Por fallecimiento del hijo.
- Por cumplimiento de la edad de 18 años (salvo en el caso de afectados por una discapacidad).
- Por desaparición de la discapacidad.
- Por cese de la dependencia económica del hijo (cuando los ingresos del hijo son superiores al 100% del SMI).
- Por sobrepasar, en su caso, los límites de ingresos establecidos.
Documentación requerida
- Documento nacional de identidad (D .N. I ) tanto de los progenitores como de los menores por los cuales se solicite la prestación.
Documento original y fotocopias compulsadas o para proceder a su compulsar
- Certificado de empadronamiento del beneficiarios y causantes.
- Libro de familia o partidas de nacimiento expedidas por el registro civil.
- Justificantes de ingresos, documentación que acredite el nivel de rentas indicado en la solicitud.
- En el caso de separación o divorcio, sentencia judicial que acredite la situación y declaración de si se ha obtenido de su cónyuge prestación por asignación familiar por hijo a cargo.
- En el caso de separación de hecho, o si el divorcio o la separación se encuentran en tramite copia de la sentencia de separación o divorcio, copia de denuncia de abandono de hogar si procediera, testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales de la guarda y custodia.
- En el caso de hijos de hijos con discapacidad en tramite de reconocimiento de la misma, titulo de discapacidad expedido por el IMSERSO.
- En el caso de familias numerosas titulo de familia numerosa.
Se presentara la documentación en las oficinas de información de la seguridad social para conocer la suya pinche aquí.
Para descargar el documento:
Solicitud de prestación por hijo o menor a cargo pinche aquí.
Solicitud de prestación por hijo a cargo para personas jurídicas aquí.
Solicitud de prestación por hijo a cargo, supuestos especiales aquí.
Hola. Primero que nada agradecer al staff del blog ‘pedir ayudas’ por la gran cantidad de información que contiene y el lenguaje sencillo que emplea para su difusión, resulta de gran utilidad para aquellos que no nos llevamos bien con la burocracia.
Tengo una duda que quizás alguien de por aquí podría aclarar: estoy cobrando esta prestación pero hace un par de meses que mi familia y yo estamos viviendo y trabajando en Reino Unido así que ya no nos correspondería percibirla. Queremos darnos de baja porque creemos que podría entrar en conflicto con otras prestaciones locales que estamos tramitando. La pregunta es: ¿hay alguna forma de tramitar la extinción de esta prestación en forma telemática, telefónica o cualquier otra que no implique nuestra presencia física en una oficina del INSS?.
Desde ya muchas gracias.
En primer lugar muchas gracias Pablo por tus palabras hacia la plataforma y a nuestra labor social.
En segundo lugar como los procedimientos telematicos de la administración de la Seguridad Social son bastante limitados, enfocándose a la descarga del documento a cumplimentar principalmente. La mejor opción para que su situación no afecte a la posibilidad de percibir prestaciones locales del Reino Unido, es telefonear al siguiente numero para intentar tramitar la baja a través de este servicio: Linea 901 16 65 65 de pensiones y otras prestaciones (INSS ) horario de lunes a viernes (no festivos), ininterrumpido de 9 a 20 horas.
También le adjuntamos enlace con los datos de la Consejería de Empleo y Seguridad Social en Londres por si tuviera que desplazarse obligatoriamente a algún centro: http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/reinoUnido/index.htm Esperamos que esta información sea de utilidad. Un saludo
Hola me gustaría saber si está ayuda también la pueden solicitar parejas con dos hijos sin discapacidad
Hola .tengo residencia permanente con mi mujer y 3 hijos pero 2 no tienen aun residencia y están en el cole menores como puedo pedir la ayuda y que tipo de ayuda en conselleria de València. Karim saludos
Hola, mi hija de 20 años ha tenido un niño. Ella vive conmigo y mi marido. El padre ha reconocido al bebé pero no contribuye a los gastos. Mi hija no tiene ingresos. ¿Computa la renta de mi familia para acceder a las ayudas teniendo en cuenta que está empadronada con nosotros? gracias
Hola:
Mi pareja va a solicitar la ayuda. Ni estamos casados ni somos pareja de hecho pero tengo que poner también mis ingresos en la solicitud. Ni trabajo ni tengo rentas de ningún tipo pero el año pasado recibí una donación de mi padre por la que ya tributé. ¿Tengo que ponerlo en el apartado de ganancia patrimonial? ¿cuál sería el tope de esa ganancia para poder recibir la ayuda?