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La prestación contributiva, más conocida como el paro, se establece para aquellas personas que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo de forma temporal o definitiva, o ven reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %.
Como informa el SEPE, la prestación se calcula en función del tiempo de ocupación cotizado por este concepto durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar o, en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior.
¿Conoces el período de prestación que te corresponde? Se calcula teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo
Consulta aquí la duración de tu prestación 👉 https://t.co/AUBG2StcuE pic.twitter.com/YYymVAOVKO
— SEPE (@empleo_SEPE) January 11, 2022
Asimismo, la cuantía de la prestación contributiva depende de cuál haya sido tu sueldo durante los 180 últimos días cotizados. Concretamente, se calcula a partir de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, sin tener en cuenta las horas extraordinarias.
Según indica el SEPE el importe diario que se percibe es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y el 50 % a partir del día 181 hasta el final de la misma.
Limites establecidos
Pero, por mucho que haya cotizado un trabajador, el Gobierno también determina la cantidad máxima que percibirá, estableciendo un límite.
Establecidas estas cuantías, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclara que la prestación o subsidio por desempleo se abona «por mensualidades de 30 días, dentro del mes inmediato siguiente al que corresponda».
Por tanto, con independencia de que el mes en vigor tenga 30 días, o 31 o incluso 28, si es febrero, el importe siempre será el mismo.
Cuantía máxima y mínima del paro en 2022
El SEPE también establece unos límites máximos
- La cuantía mínima del paro es del 80% del IPREM incrementado en una sexta parte: 540,41 euros mensuales.
- Para las personas con hijos, como mínimo cobrarán de paro un 107% del IPREM incrementado en una sexta parte: 722,80 euros mensuales.
- La cuantía máxima del paro es del 175% del IPREM incrementado en una sexta parte: 1.182,16 euros mensuales
- Para personas con un hijo, lo máximo de paro que se puede cobrar es del 200% del IPREM incrementado en una sexta parte: 1.351,04 euros mensuales.
- Para personas con dos o más hijos, la cuantía máxima del paro es del 225% del IPREM incrementado en una sexta parte: 1.519,92 euros mensuales.