La afiliación de trabajadores es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) reconoce la condición de incluida en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez realiza una actividad determinante de su inclusión en el ámbito de aplicación del mismo.
Características
La afiliación presenta las siguientes características:
- Es obligatoria para las personas incluidas en el Sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.
- Es única y general para todos los Regímenes del Sistema.
- Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el sistema.
- Es exclusiva.
Formas de practicarla
La afiliación a la Seguridad Social podrá realizarse de la siguiente forma:
- A instancia del empresario: Los empresarios están obligados a solicitar la afiliación al Sistema de la Seguridad Social de los trabajadores y trabajadoras que vaya a contratar si no han estado afiliados previamente.
- A instancia del trabajador: Los trabajadores por cuenta propia o asimilados que inicien su actividad como tales y no se encuentren ya afiliados, estarán obligados a solicitar la afiliación. De igual forma los trabajadores por cuenta ajena o asimilados cuyo empresario no cumpla con la obligación que se impone en el apartado anterior, podrán solicitar su afiliación al Sistema.
- De oficio: La afiliación podrá efectuarse de oficio por las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma cuando como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los datos obrantes en las entidades gestoras o por cualquier otro procedimiento, se compruebe el incumplimiento de la obligación de solicitar la afiliación por parte de los trabajadores o empresarios a los que incumba esta obligación.
Lugar y plazo para solicitar la afiliación
La solicitud de afiliación (modelo TA.1 ) se dirigirá a la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social o Administración de la misma provincia en que esté domiciliada la empresa en que presta servicios el trabajador por cuenta ajena o asimilado o en la que radique el establecimiento del trabajador autónomo.
Las solicitudes de afiliación deben formularse con carácter previo al inicio de la prestación de servicios del trabajador por cuenta ajena.
En la actualidad, el trabajador puede solicitarlo telemáticamente si dispone de certificado digital o usuario y contraseña en cl@ve, a través del servicio de Asignación de Número de Seguridad Social de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, que encontrará en este enlace. El número de la Seguridad Social (NUSS) que se convierte en el número de Afiliación (NAF) en el momento en el que comience una relación laboral.
En aquellos supuestos en que los trabajadores no dispongan de los medios técnicos necesario para realizar tal actuación de forma telemática, el empresario podrá efectuar la solicitud a través del Servicio de Atención al Autorizado (CASIA) existente dentro de la oficina virtual del Sistema RED.