
La administración publica tiene determinados procesos informatizados, por ello ocasionalmente debido a algún error informático, puede recibir notificaciones erróneas de este organismo.
Y como ante cualquier organismo oficial este no es una excepción y se pueden llevar a cabo reclamaciones y quejas, si se encuentra en esta situación aquí le explicamos como realizar su queja o reclamación:
- Vía telemática, a través del formulario electrónico disponible, utilizando DNI Electrónico u otro certificado digital (persona física/ persona jurídica o entidad) admitido (a excepción del certificado SILCON).
- Vía presencial, cumplimentando el formulario correspondiente.
- Vía postal, Para ello, en la página web del Ministerio de Trabajo, tendrá que descargarse el formulario correspondiente, rellenarlo, hacer una copia del mismo donde se hará constar el nombre, apellidos, domicilio y datos de contacto a la Administración Regional de la Seguridad Social de la Comunidad Autónoma en la que resida.
- Recibido el formulario, la Unidad Responsable correspondiente deberá informar al ciudadano en el plazo de 20 días hábiles. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la sugerencia o queja.
- Si transcurrido el plazo no se hubiera obtenido ninguna respuesta, el interesado se podrá dirigir a la Inspección General de Servicios del Organismo donde presentó la sugerencia o queja, a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y para que dicha Inspección proponga, en su caso, a los órganos competentes la adopción de las medidas oportunas.
- Por otro lado, si lo que se quiere es reclamar cualquier notificación errónea que haya llegado a casa por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social o el INSS, se tendrá que interponer un recurso a la alzada.
- El demandante dispondrá de un mes para rellenar el formulario del recurso a la alzada y hacerlo llegar junto a las pruebas que acrediten que la administración se ha equivocado en algo, a la oficina de la Seguridad Social. El envío del recurso a la alzada no suspende la ejecución del acto impugnado.
- Tras la presentación del recurso, la Administración tiene un plazo de 3 meses para resolverlo y notificar su decisión al interesado. Pasado este plazo sin haber obtenido respuesta, se entenderá que la Administración se ha amparado en el silencio administrativo y no habrá solución posible fuera de la vía judicial.
Observaciones
Las quejas formuladas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente.
La presentación de una queja no condiciona, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
En el formulario para su entrega presencial incluido al final de este articulo se podrán obtener tantas copias en blanco como se estime oportuno para su relleno de forma manual o escribir los datos requeridos y seguidamente obtener el número de copias deseado, se recomienda la obtención de 4 copias para que una de ellas sea sellada en la oficina de presentación.
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buenos dias,mi duda es la siquiente,cobro una pension de viudedad de 500 euros,hace dos años me otorgaron una discapacidad del 65%fuy a la seguridad social por ver si tenia algun incremento o alguna ayuda mas,me dijeron que no.ahora me entero que con 65 años o discapacidad del 65% mi pension es de 636 euros,lo e reclamado,no me contestaron,puedo pedir la cuantia que me dejaron de pagar mas de dos años?
Un saludo
Soy de Almería y me desplazaron a Granada para un maxilofacial. A la siguiente cita me comonican que la cita queda anulada por una negligencia de citas, habiendome ya desplazado a Granada. Me dan otra cita para dentro de 4 meses y ya llevo esperando para esta cita 10 meses que sumados a estos 4 meses ya son más de un año. ya no solo el descalabro económico que supone para un parado sin ayuda alguna y las molestias de desplazamiento, pués el viaje y la estancia no sale gratuita, sino tambien el desamparo total ante errores semejantes y encima cargar con la situación creada por la SS.SS. Simplemente no es justo. me quedo sin dinero para comer por cumplir con una cita mal gestionada por la SS.SS. que a su vez ni piden disculpas, ni subsanan el problema. Si de este servicio de La Seguridad Social dependo SEGURO que mejor me muera cuanto antes. Porque ya no creo en la Protección del Estado a uno de sus ciudadanos. Diganme si aún debo de seguir teniendo Esperanza.Gracias por escucharme.
Buenos dias.
Durante el ejercicio 2015 y 2016 he cobrado el 55% de la pensión de viudedad correspondiéndome el 70% , tanto por ingresos de la unidad familiar como por cargas familiares. Me dicen que no puedo reclamarlo, que no tiene caracter retroactivo.
quiero hacer una reclamación a la unidad de urologia cómo lo puedo hacer