La Seguridad Social ofrece la posibilidad de firmar convenios especiales. Estos acuerdos están diseñados para facilitar la obtención de la pensión de jubilación o para mejorarla.
El impacto de las lagunas de cotización
Es comúnmente sabido que el peor momento para tener una laguna de cotización o ver recortado nuestro salario es al final de nuestra carrera profesional. ¿Qué sucede si nos despiden o nuestro negocio cierra justo antes de alcanzar la edad de jubilación? ¿Debemos resignarnos a que un cambio en nuestras condiciones laborales reduzca nuestra futura pensión cuando ya estamos en tiempo de descuento? En estos casos, existe la opción de firmar un convenio especial con la Seguridad Social y acordar el pago mensual de nuestra propia cotización.
Beneficios de los convenios especiales
Estos acuerdos están diseñados para facilitar la obtención de la pensión de jubilación o para mejorarla. En primera instancia, pueden ayudarnos a reunir los requisitos para obtenerla: quince años de cotización con la obligación de que dos de ellos sean inmediatamente anteriores a la jubilación. Además, generan el derecho de nuestro cónyuge a recibir algún día una pensión de viudedad.
Cómo incrementar el porcentaje de la pensión
Estos mínimos permiten cobrar en la jubilación el 50% de nuestra base reguladora, porcentaje que aumenta a medida que sumamos cotización. Si pasamos de 15 años a 20, la pensión sería el 65%; si fueran 25, llegaríamos al 80%; y si, finalmente, alcanzáramos los 35 años cobraríamos el 100%.
Teniendo en cuenta que la base reguladora se determina dividiendo entre 350 la suma de las bases de cotización de los 25 años previos a la jubilación, el convenio sirve para mejorar la prestación evitando que un parón o un empeoramiento de nuestra retribución repercuta en el cálculo final. Esto nos permite seguir incrementando tanto el valor de la base reguladora como el porcentaje de ella que cobraremos.
Te interesa
‘Comprar’ la pensión: una opción extraordinaria
Nuestro sistema público de prestaciones no permite que coticemos sin una actividad real detrás. Sin embargo, en situaciones muy concretas, se permite firmar convenios especiales con la Seguridad Social, lo que podría interpretarse como ‘comprar’ la pensión.
Entre los suscriptores más habituales de estos convenios se encuentran trabajadores con remuneraciones inferiores a las que cobraban en el último año, personas a las que se les acaba la prestación o el subsidio por desempleo, y pensionistas con incapacidad parcial a los que se les ha denegado la pensión.
Variantes del convenio especial
Existen variantes del convenio especial diseñadas para acoger específicamente a quienes reduzcan su jornada laboral para atender a un familiar, cuidadores no profesionales de personas dependientes, perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años, afectados por huelgas, cierres patronales o EREs, deportistas de élite, cooperantes, discapacitados con especial dificultad para encontrar trabajo, entre otros.
Requisitos y tiempos a respetar
Para acceder a estos convenios, hay que cumplir con unos requisitos previos de cotización que en el convenio especial general son de 1.080 días dentro de los doce años anteriores a la baja en la Seguridad Social. Además, hay que respetar los tiempos; la solicitud debe cursarse antes de que transcurra un año desde la baja. Si se hace en los primeros tres meses, el convenio se considerará vigente desde el día siguiente a la baja. Si se tramita después, se cotizará a partir del día en que se presente la solicitud.
¿Sale a cuenta?
Para determinar cuánto pagamos cada mes, la Seguridad Social permite escoger una base de cotización situada entre la mínima y la máxima vigentes. Este año, por tanto, sería de entre 1.323 y 4.720,50 euros. Para saber la cuota hay que calcular primero el 28,3% de la base escogida y después multiplicar el resultado por 0,94. Eso nos deja entre los 352 y los 1.255 euros mensuales, que nos darán la oportunidad de revalorizar cada año con el IPC y siempre son deducibles en la Declaración de la Renta.
Es importante aclarar que nuestra pensión no se incrementará en esa misma cantidad. Por lo tanto, es necesario asesorarse para saber cuánto vamos a mejorar nuestra prestación mensual gracias a los pagos del convenio y calcular después cuántos meses de cobro de la pensión tardaríamos en amortizar el dinero que destinaríamos a ello.