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La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquier país tanto de la Unión Europea, como del Espacio Económico Europeo (Noruega, Liechtenstein e Islandia) y Suiza.
Tu Seguridad Social
Para facilitar este trámite, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) acaba de ampliar las vías para hacerlo de manera telemática a través del portal Tu Seguridad Social y permite el acceso a este servicio mediante un representante que disponga de certificado digital o cl@ve, lo que simplifica y facilita el acceso a este trámite en cualquier momento, desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
El portal también permite la solicitud de la TSE como interesado (en nombre propio) y como apoderado, si estas registrado en el registro electrónico de apoderamientos.
Una vez dentro deberemos seleccionar «Solicitar Tarjeta» en el apartado Tarjeta Sanitaria Europea. Esta vía nos permite seleccionar el domicilio al que queremos que se nos remita y solicitar este documento para los beneficiarios de asistencia sanitaria que tengamos asociados.
Si no dispones de certificado digital o cl@ve, en esta guía práctica te contamos cómo puedes obtenerlo.
Vía SMS
Además, podemos solicitar y renovar la TSE a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, tanto para titulares como para beneficiarios de la asistencia sanitaria. Con el acceso vía SMS a este servicio, sin necesidad de otro método de identificación. En este vídeo la Seguridad Social muestra cómo funciona.
Para solicitar la tarjeta por esta vía, tu teléfono móvil deberá constar en la base de datos de la Seguridad Social lo que te permitirá identificarte mediante una contraseña de un solo uso que le será remitida a su teléfono móvil por SMS. Esta vía de acceso al servicio pretende facilitar la obtención de la TSE ya que permite seleccionar el domicilio al que queremos que se nos remita.
Puedes registrar tu teléfono móvil en la Seguridad Social gracias al servicio Te Ayudamos, rellenando el formulario que encontrarás en este enlace: deberás elegir la categoría «Ciudadano/trabajador» y seleccionar el trámite «Comunicación y variación de datos de contacto/Domicilio», además de adjuntar su DNI/NIE y algún documento que justifique que eres titular del móvil.
Sede electrónica
También podrás solicitar o renovar tu Tarjeta Sanitaria Europea y comprobar el estado de tu solicitud a través de este enlace a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, rellenando los datos que te solicitan, aunque no podrás seleccionar el domicilio al que deseas que se envíe y se remitirá al que figure en la base de datos de la Seguridad Social.
Sea cual sea el método elegido, el plazo previsto para su envío es de unos 5 días.
🗨️¿Ya has renovado la Tarjeta Sanitaria Europea para tus vacaciones de verano?
📢No esperes al último momento.
👨💻Solicítala ‘on line’ hasta 60 días antes de que caduque. Aquí: https://t.co/wQeo6UY1XD
⚠️No tiene coste. pic.twitter.com/iTSRTUyOnP— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) May 13, 2022
A tener en cuenta
Esta atención sanitaria tendrá en cuenta los tratamientos requeridos y la duración de la estancia prevista, de acuerdo con la legislación del país de estancia. Independientemente de que el objeto de la estancia sea el turismo, una actividad profesional o los estudios.
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico, en cuyo caso es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o el Instituto Social de la Marina (ISM), emita el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud. Tampoco es el documento válido si trasladas tu residencia al territorio de otro Estado miembro.
En algunos casos, deberás asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que te desplazas. Estos importes no son reintegrables.
Para ampliar información podrás consultar en esta web de la Comisión Europea con todos los detalles sobre este documento.