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Requisitos para el programa de Becas de estudios no universitarios

Requisitos generales

Para tener derecho a beca los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española o, en el caso de alumnos de otras nacionalidades, ser residente en España (con las particularidades que desarrolla la convocatoria).
  • No poseer en el momento de solicitar la beca un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.
  • Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.

Requisitos académicos

La siguiente tabla recoge un resumen de los requisitos académicos que se deben cumplir para obtener una o más de las cuantías especificadas en el apartado anterior. Esta información es orientativa y no recoge todos los casos particulares que se pueden producir. Consulte la convocatoria para obtener la información más detallada.

 

Curso Enseñanzas Requisitos para obtener beca en cualquiera de sus componentes*
Primero Bachillerato
  • Haber obtenido al menos 5,50 puntos de nota media en 4º de ESO
  • No repetir en el curso actual
Ciclo formativo de grado medio (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño)
  • Quedar matriculado
  • No repetir en el curso actual
Ciclo formativo de grado superior (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño)
  • Haber obtenido al menos 5,50 puntos de nota media en 2º de Bachillerato, prueba de acceso o curso de acceso
  • No repetir en el curso actual
Enseñanzas profesionales de música y danza
  • Quedar matriculado
  • No repetir en el curso actual
Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas
  • Quedar matriculado
  • No repetir en el curso actual
Enseñanzas artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios
  • Quedar matriculado por lo menos del mínimo de créditos que establece la convocatoria (o del curso completo para estudios organizados por asignaturas).
  • Haber obtenido como nota media en la prueba o curso de acceso el mínimo que establece la convocatoria.
Segundo curso (y sucesivos, en su caso) Bachillerato
  • No repetir en el curso actual
  • Haber superado en el curso anterior todas las asignaturas o materias, salvo una. Excepto para quienes repitieron en curso anterior, que deben haber aprobado totalmente el curso anterior
Ciclo formativo de grado medio (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño)
  • No repetir en curso actual
  • Haber superado en el curso anterior al menos el 85% de las horas totales del curso. Excepto para quienes repitieron en curso anterior, que deben haber aprobado totalmente el curso anterior
Ciclo formativo de grado superior (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño)
  • No repetir en curso actual
  • Haber superado en el curso anterior al menos el 85% de las horas totales del curso. Excepto para quienes repitieron en curso anterior, que deben haber aprobado totalmente el curso anterior
Enseñanzas profesionales de música y danza
  • No repetir en curso actual
  • Haber superado en el curso anterior todas las asignaturas o materias, salvo una. Excepto para quienes repitieron en curso anterior, que deben haber aprobado totalmente el curso anterior
Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas
  • No repetir en curso actual
Enseñanzas artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios
  • Quedar matriculado por lo menos del mínimo de créditos que establece la convocatoria (o del curso completo para estudios organizados por asignaturas).
  • Haber superado en el curso anterior el mínimo de créditos que establece la convocatoria

 

* Con las limitaciones concretas que pueda establecer la convocatoria para algunos estudios. Asimismo, no están incluidos en este resumen los supuestos de matrícula parcial, oferta específica para personas adultas, estudios no presenciales, curso de acceso a Formación Profesional, Bachillerato Nocturno y Proyecto en C.F.G.S.

Requisitos económicos

Atendiendo a los ingresos que haya percibido la unidad familiar en el ejercicio fiscal anterior (para el curso 2014/15 se considera el año 2013), aplicando deducciones para determinadas situaciones (familias numerosas, solicitantes discapacitados, etc.) cuyo detalle puede consultarse en la convocatoria.

Para ello se establecen unos umbrales o límites de renta. La cuantía de la beca se establecerá según el umbral bajo el cual quede la renta.

Umbrales de renta y cuantía de la beca:

 

Umbral 1 Umbral 2 Umbral 3
Familias de 1 miembro     3.771,00 €  13.236,00 €  14.112,00 €
Familias de 2 miembros 7.278,00 €  22.594,00 €  24.089,00 €
Familias de 3 miembros 10.606,00 €  30.668,00 €  32.697,00 €
Familias de 4 miembros 13.909,00 €  36.421,00 €  38.831,00 €
Familias de 5 miembros  17.206,00 €  40.708,00 €  43.402,00 €
Familias de 6 miembros 20.430,00 €  43.945,00 €  46.853,00 €
Familias de 7 miembros 23.580,00 €  47.146,00 €  50.267,00 €
Familias de 8 miembros 26.660,00 €  50.333,00 €  53.665,00 €

 

En función de estos umbrales, se tendrá derecho a los siguientes componentes de la beca:

  • Aquellos solicitantes cuya unidad familiar haya obtenido ingresos inferiores al umbral 1, podrán tener derecho a las siguientes cuantías:
  1. Cuantía fija asociada a la renta (1.500 €)
  2. Cuantía fija asociada a la residencia (1.500); si tiene necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso.
  3. Cuantía variable.
  • Aquellos solicitantes cuya unidad familiar haya obtenido ingresos superiores al umbral 1 pero inferiores al umbral 2, podrán tener derecho a las siguientes cuantías:
  1. Beca básica (200,00 €)
  2. Cuantía fija asociada a la residencia (1.500 €); si tiene necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso
  3. Cuantía variable.
  • Aquellos solicitantes cuya unidad familiar haya obtenido ingresos superiores al umbral 2 pero inferiores al umbral 3, únicamente podrán tener derecho a la beca básica (200,00 €)

Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes umbrales que, según la convocatoria, se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:

  • Si se poseen fincas urbanas por valor catastral superior a 42.900,00 €, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
  • Si se poseen fincas rústicas por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
  • Si los rendimientos de capital mobiliario / ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidos por todos los miembros computables superan los 1.700,00 €.

También se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.

Otros requisitos

Además de los requisitos anteriores, hay que tener en cuenta que se deben reunir también otras condiciones para obtener determinados componentes de la beca: por ejemplo, hay que acreditar la necesidad de residir fuera del domicilio familiar para tener derecho a la cuantía fija asociada a la residencia.

Asimismo, hay circunstancias específicas que requieren acreditación especial o que modifican los componentes a percibir: por ejemplo:

  • Alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres
  • Alumnos que realizan estudios no presenciales
  • Alumnos que realizan el curso de preparación para el acceso a formación profesional de grado superior.
  • Alumnos que soliciten la beca para Estudios de Idiomas en Escuelas Oficiales

Consulte la convocatoria en este mismo portal para completar esta información sobre las situaciones específicas que se regulan y que pudieran darse en su caso.

Por otra parte, los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar la beca a la finalidad para la que se concede. Según las bases de la convocatoria, se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • Haber causado baja de hecho en el centro durante el curso
  • No haber asistido al 80 % o mas de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización
  • No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.

En estos supuestos, el alumno deberá reintegrar el importe de la beca percibida.

Descarga la solicitud desde aquí

Plazo máximo de presentación curso 2014/2015

  • 30 de Septiembre de 2014

 

Redacción

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