
- Se amplía el plazo para la concesión de ayudas al alquiler por vulnerabilidad motivada por la COVID19 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Este programa, trata de la concesión de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID–19 tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler.
Así como, la concesión de ayudas para hacer frente a la devolución total o parcial de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020.
Beneficiarios
Las personas físicas que, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19.
Requisitos de los arrendamientos
La vivienda deberá ser habitual y permanente.
Acreditar estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19, que será determinada por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. En esta situación estarán siempre y, como mínimo, los supuestos definidos en el artículo 5 del Real Decreto-ley 11/2020.
Cuantía de la ayuda
Hasta un importe máximo de 900 euros/mes y del 100% de la renta arrendaticia, y hasta un plazo de 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril de 2020.
Enlaces a Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla
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