Prestaciones

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años

El Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años Es una prestación de carácter económica para desempleados mayores de 55 años, que cumplan los siguientes requisitos:

Requisitos

  • Estar en desempleo.
  • Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de duración del subsidio.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
IMPORTANTE: Aunque el solicitante carezca de rentas, si tiene cónyuge y/o hijos menores de 26 años, o mayores discapacitados o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional  excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema Español de la Seguridad Social.
  • Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
  • Estar percibiendo o tener derecho a percibir subsidio.
  • Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo.
  • Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde tu última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
  • Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
  • Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
  • Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.
  • Este subsidio no será de aplicación a las personas trabajadoras fijas discontinuas mientras mantengan dicha condición.

Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.

Duración

La duración será hasta alcanzar la edad de jubilación en cualquiera de sus modalidades.

Para mantener el derecho deberás acreditar que mantienes la situación de carencia de rentas. Para ello debes presentar una vez al año una declaración de ingresos.

Cuantía

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Documentación

Modelo oficial de solicitud

Será necesaria la exhibición del Documento Nacional de Identidad (DNI)/Pasaporte/Tarjeta de identidad de Extranjero (TIE)/Documento que contenga el Número de Identidad de Extranjero (NIE).

Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

 

Redacción

Pedirayudas.com: Tu portal de referencia en asesoramiento de ayudas, prestaciones y recursos gestionado por profesionales del ámbito social.

7 comentarios

  1. Hola. Me ha dicho en el Sepe que tengo contizado 6 años y siete meses pero no me pueden dar la ayuda de mayores de 55 años porque tendría q tener 15 años cotizados.
    Es así!

  2. Hola, antes de nada un saludo y gracias por vuestra aportación, yo he trabajado mas de 15 años en el extranjero pais no comunitario, concretamente en el Principado de Andorra,
    en España no llego a los 6, que tendria que hacer, gracias de antemano, mi email es pacocortes2000@gmail.com, os estaria inmensamente agradecido porque me encuentro perdido.

  3. Hola buenas tardes…gracias por toda la información que encontramos en esta web.
    La información que solicito es la siguiente.
    He trabajado durante 11 años y medio y actualmente estoy desempleada y recibo una prestación contributiva que se me agota en febrero 25 del 2016
    tengo 63 años y quisiera me informaran si tengo derecho a un subsidio por desempleo aunque no he cotizado todo el tiempo que se necesita para la jubilación.
    Gracias de antemano.

  4. Hola, felicidades por el trabajo de información que hacéis en esta web.
    Tengo la siguiente duda y sigo sin comprenderla después de haber estado en el SEPE.
    Tengo 51 años, y esta ha sido mi cotización:
    AUTONOMO: 20 AÑOS
    REGIMEN GENERAL: 1694 días.
    Según entiendo para acceder a la ayuda para Mayores de 66
    tengo que tener cotizado al REGIMEN GENERAL al menos 6 años ( 2190 días)
    Mis preguntas son:
    1. ¿con los 20 años de autónomo no puedo acceder a esta ayuda +55) ?
    2. Como he escrito antes por el REGIMEN GENERAL tengo 1694 días, por lo que me faltarían
    496 días de cotización(aprox. 17 meses), pero no se si, una empresa me contrata a «media jornada laboral» por este tiempo, una vez finalizado puedo acceder a la ayuda completa para mayores de 55 por valor actual de 426 euros. Pregunto esto porque recientemente un amigo con los 55 años cumplido, por haber estado contratado a media jornada el importe que le dan es de la mitad (algo mas de 200 euros).

    Gracias por vuestro tiempo y seguir así.

  5. tengo un familiar que tiene 55 años y carece de rentas propias, vive con su madre que recibe una pension de viudedad, ha solicitado las ayudas que van saliendo, pero se las deniegan por no tener cargas familiares, tiene cotizados mas de 6 años y sigue inscrito como demandante de empleo.TIENE ALGUNA POSIBILIDAD DE PERCIBIR ALGUNA PRESTACION? Gracias

  6. hola soy una persona con una discapacidad del 65%con 61 años y cotizados 29 años,donde debo dirigirme para saber si tengo derecho a una ayuda ya que vivo de lo que me dan mis hijos y caritas una vez al mes.el seoe me reclama que devuelva una ayuda que me dieron despues de cobrar el paro de 200e al mes y me piden 3700 con intereses,a mi me la dieron porque me dijo una mujer que me pertenecia estoy anonadada y asustada incluso he escrito aDON FELIPE DE BORBON para explicarle lo que me han hecho para mi es desolador despues de perder todo lo que havia obtenido con mi sudor necesito una solucion lo antes posible me hechan de mi casa

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba