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Renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León

por Redacción
28 de mayo de 2014

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Esta ayuda es gestionada y dada en el territorio de Castilla y León.

Se trata de una prestación de carácter social, dirigida a garantizar la cobertura de las necesidades básicas de subsistencia a aquellos ciudadanos que se encuentren en una situación de dificultad personal y social.

Sustituye a la de Ingresos Mínimos de Inserción, tiene en cuenta la evolución de la realidad social y la aparición de nuevas situaciones de necesidad dando respuesta a todas ellas.

Los solicitantes pueden ser los ciudadanos de Castilla y León que tengan residencia legal y estén empadronados al menos con un año de antelación a fecha de presentación de la solicitud, tengan una edad comprendida entre los 25 y 64 años inclusive, salvo excepciones y carezcan de medios económicos y patrimoniales suficientes.

Se considera beneficiarios de la prestación a los solicitantes y a los miembros de su unidad familiar o de convivencia.

El importe de esta prestación puede alcanzar una cuantía entre el 80% y el 130% del IPREM, en función del número de miembros de la unidad familiar o de convivencia.

Solicitudes 

Las solicitudes se realizarán en impresos normalizados, que se podrán recoger en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de las nueve provincias de Castilla y León, o bien se podrán descargar de la página Web de la Junta de Castilla y León.

Presentación

Se presentarán, preferentemente, en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales correspondiente al domicilio del interesado, o bien en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de resolución

El plazo para resolver y notificar es de tres meses a partir de la entrada de la solicitud en la Gerencia Territorial correspondiente.

 

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