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Diferencias entre la Prestación del Paro y los Subsidios por desempleo

Muchas veces hablamos de las ayudas del paro para englobar dos tipos de prestaciones muy diferentes, que son las prestaciones y los subsidios.

Por un lado, cuando hablamos de prestación nos referimos a que la persona beneficiaria ha estado cotizando a la seguridad social y, que por el motivo que sea, se ha quedado en el paro (desempleado) y por haber estado cotizando el tiempo correspondiente tiene derecho a una cuantía económica. Muchas veces también nos referimos a esta como prestación contributiva.

Por otro lado, cuando hablamos de subsidios nos estamos refiriendo a las ayudas propiamente dichas. Es decir, son ayudas asistenciales que da el Estado a las personas que o bien no han podido cotizar lo suficiente o bien porque agotaron la prestación a la que nos hemos referido anteriormente y que siguen sin encontrar trabajo.

Por tanto, hemos dicho que para tener derecho a una prestación por desempleo, coloquialmente dicho “tener derecho al paro”, la persona solicitante tiene que estar dado de baja en la seguridad social, es decir, sin trabajo. Siempre y cuando reúna los siguientes requisitos.

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo
  • Encontrase en situación legal de desempleo
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo
  • Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de doce meses dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo
  • No haber cumplido la edad de jubilación

Sin embargo, la ayuda económica (subsidio), como bien he dicho antes se les concede a los parados que no tienen derecho a la prestación por desempleo. Sirven para dar ayuda económica al parado que no tiene derecho a percibir la prestación por desempleo, para el pago de la Seguridad social de los mismos, para la asistencia sanitaria, protección a la familia y en su caso la jubilación.

Para poder cobrar el subsidio de desempleo características indispensables son, que el montante total de las rentas del hogar no superen el 75% del salario mínimo interprofesional. Para que lo tengamos claro, el salario que percibirán los miembros de la familia no puede superar los 472 (más o menos) euros por cada familiar.

Los grupos que se pueden acoger al subsidio de desempleo son:

  • Desempleados que se hayan quedado ya sin el paro y tengan cargas familiares y la unidad familiar no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.

  • Haberse quedado sin derecho a prestación por desempleo y tener 45 años o más
  • Inmigrantes que retornan a España y que sus países de origen no tengan ningún tipo de acuerdo bilateral en materia de desempleo
  • Presos que hayan sido liberados y que hayan cumplido una condena superior a 6 meses y no tengan derecho a la prestación por desempleo
  • Haber sido declarado con invalidez en grado de incapacidad permanente parcial por la profesión habitual, tras haber tenido una incapacidad permanente
  • No haber trabajado en un máximo de 12 meses o sea el periodo para la prestación contributiva, si tienen cargas familiares, para poder cobrar el subsidio de desempleo habrán tenido que trabajar un mínimo de tres meses, en el caso de no tener cargas familiares el periodo mínimo de trabajo establecido será de 6 meses.

 

Redacción

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2 comentarios

  1. ¡¡¡ DE VERGUENZA !!! … ¡¡¡ NOS TOMAN EL PELO COMO Y CUANDO LES DAN LA GANA !!!.

    Da igual, prestación o subsidio … ¡¡ qué más da !!! … si lo importante es la famosa «letra pequeña». Supongo que en todas las comunidades será igual o por el estilo, yo hablo de la que pertenezco, Andalucía.

    Desde que empezamos la gente a quedarnos en desempleo por culpa de esta maldita crisis, el estado o las comunidades, para el caso es igual, empezaron a sacar multitud de «planes», el Orienta, el Prodi, el Menta, etc … y ahora el famoso Rai. Cuando el político de turno anuncia a bombo y platillo la puesta en marcha de uno de estos planes, lo hace de una forma vaga y directa pero sin explicar ni detallar los pormenores de cada uno de estos planes «salvatontos» (como yo les llamo) que no deja de ser una triste limosna, el que más no pasa de 400 y pico de euros, y por los cuales, el político de turno, lo que pretende es tenerte, digámoslo de alguna forma, cogido por los huevos para asegurarse el voto, que es lo que realmente le interesa porque es lo que le mantiene a el en el poder, al político de turno NO le interesa, por ejemplo, que un obrero municipal arregle 2, 3, 4 farolas en un día, eso a el le da igual porque el dinero NO le duele al ser público como si lo tuviera que sacar el de su bolsillo como cualquier triste autónomo que tenemos que pagar un empresa, y ya sabemos, gracias a Zapatero y su ministra, que el dinero público no es de nadie … sino del viento y así andamos ahora en España entre otras cuestiones.

    A lo que me quiero referir con todo esto, y sin querer salirme mucho del tema, es que el partido político de turno sabe de sobra TODA la situación y nos anuncia todos estos planes y ayudas sabiendo ellos de sobra que no los van a poder cobrar ni el 25% de los desempleados, pero ellos quedan como unos auténticos «salvadores». No lo van a poder cobrar la mayoría de los «parados» por que es muy difícil cumplir TODOS los requisitos, los que ellos anuncian si … pero los de la letra pequeña NO, estos requisitos de la letra pequeña son aquellos que te explican los de la mesa del SEPE a la hora de decirte que no puedes cobrarlo, claro está que si estos requisitos te los dijera también el político de turno pues no lo votaba ni Dios, ja, ja …

    Que hay gente que los cobra … ¡¡ pues claro !! ,,, ¡¡ solo faltaría !! … pero no llega al 25%, lo puedo asegurar. Sale un plan o ayuda nuevo y cuando va uno al SEPE resulta que el de la mesa te saca un papel en el que te indica el «dichoso» requisito que te falta para poder cobrarlo, a veces suele ser un renglón muy chiquitito que incluso el que está en la mesa se tiene que poner las gafas para verlo, ja, ja …

    Saludos a todos y … ¡¡ no se amarguen !! … no merece la pena, solo vayan y prueben suerte a ver si lo pueden cobrar, si «cae la breva» bien y si no … pues pa casa … es lo que hay.

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