El pago de la vivienda a día de hoy es uno de los grandes problemas a los que se enfrenta la ciudadanía en general. Muchos jóvenes no pueden acceder a una vivienda digan a debido a los sueldos tan por debajo de la media que reciben. Pero esta problemática no sólo afecta a los más jóvenes sino que también se ha convertido en un problema para las personas mayores que no tienen una vivienda en propiedad y que viven de alquiler.
Un 5% de la población más mayor vive en esta situación y al tener una pensión no contributiva de jubilación se les hace imposible llegar a fin de mes. Con la única cantidad que perciben por parte del Estado, para poder subsistir, por eso, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ofrece una ayuda de 525 euros en cuando cumplan unos requisitos específicos.
Se trata de una ayuda que consiste en un único pago anual de 525 euros a las personas que tienen una pensión no contributiva de jubilación. Es decir, a las personas que no cotizaron lo suficiente para cobrar una de la modalidad contributiva de la Seguridad Social. Estos usuarios apenas reciben el 50% del Salario Mínimo Interprofesional.
Requisitos para pedir el complemento del Imserso
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
Si en una vivienda hay dos personas en la misma situación en cuanto a su pensión. Sólo recibirá este complemento aquella que figure en el contrato de alquiler. Si están puestos dos nombres, se asociará al primero que aparezca.
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¿Cómo solicitar la ayuda?
Aquellas personas que estén interesados en recibir este suplemento de 525 euros anuales podrán hacerlo a través de los órganos competentes en las diferentes comunidades autónomas y que se dediquen a la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
Se puede realizar tanto de manera presencial como online. Para poder hacerlo de por vía telemática tendrán que tener operativos el DNI electrónico o el certificado digital. El plazo de solicitud de este complemento para 2023 finalizará el 31 de diciembre.