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El artículo 224 de la Ley General de la Seguridad Social recoge el derecho a recibir una pensión, denominada de orfandad, a aquellos hijos e hijas de una persona trabajadora fallecida cuando se cumplen determinados requisitos que explicamos en este artículo.
En este artículo, por tanto, te voy a explicar qué es la pensión de orfandad, los requisitos de la persona trabajadora que fallece, los requisitos del hijo beneficiario de la pensión de orfandad y las cuantías mínimas de la pensión de orfandad en 2022.
¿En qué consiste la pensión de orfandad?
La pensión de orfandad sólo está disponible cuando hay dos sujetos que entran en acción: el causante y el beneficiario. El primero es el que con su muerte permite la pensión, siempre que haya generado el beneficio a través de su cotización a la Seguridad Social. El beneficiario accede a la ayuda como un derecho derivado de su relación parental con el causante.
Requisitos de la persona trabajadora que fallece
El trabajador en el momento del fallecimiento debe de cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Estar en situación de alta o asimilada al alta.
- Estar percibiendo la pensión contributiva de jubilación o una pensión derivada de una incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez.
- Sin estar en alta o situación asimilada, pero siempre que tenga completado un período de cotización mínima de 15 años.
Requisitos del hijo beneficiario de la pensión de orfandad
El hijo tiene que cumplir estos requisitos para tener derecho a recibir una pensión de orfandad:
- Ser menor de 21 años.
- Ser mayor de 21 años y menor de 25 años y no desarrollar ninguna actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena, que no supere unos ingresos superiores al SMI en cómputo anual.
- Ser mayor de 21 años y estar incapacitado para todo trabajo.
¿Y si son hijos del otro cónyuge y no de la persona que fallece?
Los hijos del cónyuge que no tengan un nexo filial con el trabajador fallecido pueden tener derecho a la pensión de orfandad cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el matrimonio se hubiese celebrado con dos años de antelación a la fecha del fallecimiento de la persona trabajadora.
- Que se acredite que los hijos conviven con el trabajador fallecido y dependían de él económicamente.
- Que no tengan derecho a otra pensión de la Seguridad Social, ni queden familiares con obligación y posibilidad de prestarles alimentos, según la legislación civil.
Cuantías mínimas de la pensión de orfandad en 2022
Criterio |
Cuantía mensual |
Cuantía anual |
Por cada hijo |
217,2 euros |
3 .040,80 euros |
Por cada hijo menor de 18 años con un grado de discapacidad superior al 65% |
427,2 euros |
5.980,80 euros |
Orfandad absoluta en caso de un sólo hijo |
755,4 euros |
10.575,6 euros |
Orfandad absoluta con varios hijos |
217,2 euros por cada hijo + 538,2 (a repartir por el número de hijos) |
3.040,8 euros para cada hijo + 7.534,8 (repartidos entre número de hijos) |
Extinción de la pensión de orfandad
La prestación de orfandad termina si se dan alguna de las siguientes circunstancias:
- El huérfano cumple la edad máxima (21 años o 25, según los ingresos), salvo si tiene discapacidad.
- Si alguien lo adopta.
- Si se casa.
- Si fallece.