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¿Sabías que los jubilados tienen que declarar el complemento a mínimos en la declaración de la Renta o se enfrentan a una nueva multa? En este artículo te lo contamos.
Esta multa se corresponde a quienes reciban un complemento a mínimos. Este complemento es un beneficio adicional que se suma a la pensión contributiva cuando esta no alcanza el mínimo establecido legalmente.
Requisitos para el complemento a mínimos
Para poder ser beneficiario del complemento a mínimos, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una pensión reconocida que no alcance el importe mínimo establecido anualmente para cada caso.
- No percibir ingresos por trabajo, capital o actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, que superen el límite de ingresos establecido según la situación familiar.
- Residir en territorio español, sin perjuicio de las regulaciones aplicables en casos internacionales.
Es importante tener en cuenta que los complementos a mínimos no son permanentes y se revisan anualmente. Esto significa que se mantendrá el complemento solo mientras se cumplan los requisitos que lo otorgan. Si los ingresos superan los límites establecidos para cada año, los jubilados beneficiarios deberán comunicarlo al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Solo aquellos pensionistas que prevean o perciban ingresos acumulados superiores al límite establecido para los complementos a mínimos durante el año 2023 deberán informar al INSS sobre sus ingresos.
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¿Qué jubilados tienen que declarar este complemento?
Si el pensionista recibe un complemento a mínimos sin cónyuge o con un cónyuge que no está a su cargo y tiene previstos ingresos superiores a 8.614,00 euros en 2023, deberá comunicar esta circunstancia al INSS para regularizarlo.
Si el pensionista recibe un complemento a mínimos con un cónyuge a su cargo y tiene previstos ingresos conjuntos superiores a 10.048,00 euros en 2023, tanto el pensionista como su cónyuge deberán informar al INSS sobre esta situación para regularizar el complemento.
Estos ingresos incluyen los de un trabajo, capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales, pero no se tienen en cuenta la cuantía de la pensión
La Seguridad Social ya avisó que para todos los beneficiarios antes de que terminase marzo, debían presentar un certificado de rentas a la Seguridad Social si se espera recibir ingresos superiores al límite anual de 8.614 euros. La Seguridad Social advierte que no presentar el certificado puede resultar en una sanción para los beneficiarios de este complemento.