[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día pulsa este enlace y ¡únete a nuestra gran comunidad!.
- Ha fallecido mi pareja de hecho ¿tengo derecho a pensión de viudedad?
- Esta es la pensión que cobrarán los jubilados con 30 años cotizados
- El nuevo plus de hasta 82 euros que pagara la Seguridad Social en marzo a algunos pensionistas
[/tie_list]
¿Quieres acogerte a la jubilación anticipada pero no sabes si cumples con los requisitos? Te lo contamos a continuación.
La edad de jubilación en España es a los 66 años (si se ha cotizado menos de 37 años), aunque de forma voluntaria y en casos excepcionales el trabajador se puede jubilar a los 65 (si se ha cotizado más de 37 años).
Coeficientes reductores
Todas las personas trabajadoras que quieran jubilarse antes de esas edades, se enfrentan a unos coeficientes reductores que varían en función de los años trabajados así como de las características del oficio.
El ministro José Luis Escrivá, ha aprobado que algunos profesionales se puedan jubilar a los 60 años sin penalización económica y recibiendo el 100% de la pensión si cumplen con los requisitos.
Pero, ¿quién puede optar a la jubilación anticipada?
Se podrá jubilar el personal incluido en las clases pasivas del Estado, los cuales tienen una edad de jubilación ordinaria de 65 años pero pueden solicitar la jubilación anticipada siempre que tengan reconocidos 30 años de servicios al Estado.
Para completar estos 30 años exigibles se requerirá, cuando la jubilación o retiro sea posterior al 1 de enero de 2011, que los últimos cinco años de servicios computables para la determinación de la pensión de jubilación o retiro, estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, con carácter general.
¿De qué trabajadores estamos hablando?
Se trata de aquellos funcionarios de carrera y en prácticas o los interinos de la Administración General del Estado y de la justicia, así como de las Cortes Generales y otros trabajadores con funciones similares. También se incluyen a los militares de carrera, escalas de complemento, de tropa y marinería profesional o caballeros cadetes. Se tendrán también en cuenta a expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes, exministros y otros cargos gubernamentales.