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Las personas empleadas del hogar en España deben estar afiliadas al Sistema Especial para Empleados del Hogar de la Seguridad Social. Se trata de un régimen especial en el que se establecen unos métodos de cotización concretos y el futuro acceso a la pensión de jubilación .
Uno de los elementos claves que debemos tener en cuenta es que la edad ordinaria de jubilación para personas empleadas el hogar es la misma que para el resto de personas asalariadas. Es decir, en este año 2022, la edad ordinaria es de 66 años y dos meses para aquellos que hayan cotizado menos de 37 años y seis meses durante la vida laboral; y de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 37 años y seis meses a la Seguridad Social.
Mínimo de cotización
Del mismo modo, para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, las personas empleadas del hogar deben haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, siendo dos de esos años incluidos en los 15 anteriores a la jubilación
Actualmente, las personas trabajadoras empleadas del hogar tienen derecho a percibir una pensión contributiva de jubilación. Así, estos trabajadores y trabajadoras se encuentran incluidos en un régimen especial dentro del Régimen General de la Seguridad Social, por lo que se equiparan a los trabajadores por cuenta ajena para cobrar la pensión de jubilación.
En este sentido, las pensiones de jubilación de empleadas del hogar también se actualizan como el resto de pensiones contributivas. Es decir, en función del IPC del año anterior. Igualmente, también contemplan las cuantías máximas y mínimas establecidas cada año por parte del Gobierno de España en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
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Responsabilidad del empleador/a
En el caso de las personas empleadas del hogar, es responsabilidad del empleador/a dar de alta a dicha persona en el Sistema Especial de Empleo del Hogar. Este trámite se puede realizar de forma online a través del portal ‘Import@ss’ y es posible completarlo en solo nueve pasos.
Podrás dar de alta a una persona en el Régimen Especial de empleados del hogar y consultar otros aspectos claves relacionados con la condición laboral.
Estar de alta en dicho régimen de la Seguridad Social es fundamental para poder cotizar y tener derecho a la futura pensión de jubilación. El empleador es el responsable de realizar las cotizaciones del trabajador del hogar a la Seguridad Social.
Protección
Además, estar dado de alta en el Régimen Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social, protege respecto a las siguientes situaciones:
- Baja médica por enfermedad común, enfermedad profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral.
- Nacimiento y cuidado del menor.
- Riesgo durante el embarazo y lactancia.
- Incapacidad permanente.
- Prestaciones familiares.
- Muerte y supervivencia.
- Cuidados de menores por cáncer u otras enfermedades graves.
Igualmente, también permite cotizar a la Seguridad Social para tener derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación, en el momento que se cumplan todos los requisitos para ello.