Los pañales, la ministra y la letra «i»
Vivir para producir: productividad tóxica
Seguro que has visto en multitud de medios la noticia sobre que en el próximo curso escolar, el correspondiente a 2022-2023, será obligatorio incluir la figura del “Coordinador/a de Bienestar” en todos los centros educativos ya sean públicos, privados o concertados.
Nuevo puesto del equipo educativo
Esto es una gran noticia, puesto que este nuevo puesto del equipo educativo tendrá como uno de sus objetivos el de prevenir los casos de violencia en el ámbito educativo, como el acoso o el maltrato, en el entorno escolar. Al igual que si se diera algún caso será la persona encargada de proteger, escuchar y acompañar a las víctimas. Es decir, los centros educativos contarán con una persona especializada a la que cualquier alumno o alumna podrá acudir.
La Propuesta de acuerdo sobre el plan de implementación de la ley orgánica de protección a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. Recoge entre las tareas básicas del coordinador de bienestar la realización de planes de prevención y detección precoz, la gestión de los casos que requieran la actuación de servicios sociales y la comunicación con los agentes policiales o el fomento de hábitos saludables dentro del centro, entre otras. Además, también se permitirá que las comunidades autónomas puedan añadir más funciones específicas que consideren necesarias.
Una figura bajo la supervisión de la dirección del centro educativo
La figura del o la coordinadora estará bajo la supervisión de la dirección del centro educativo y serán las administraciones educativas competentes las que determinen sus requisitos y funciones. Hasta aquí, todo suena bastante bien, ¿verdad?
El problema es el siguiente: las administraciones educativas competentes serán también quien decidan si estas funciones las desempeñará el personal ya perteneciente al centro o un trabajador nuevo o nueva. Y aquí es donde a mí se me plantea un gran dilema: ¿por qué inventarse una nueva figura en vez de incluir la figura profesional que ya existe y está cualificada para realizar esas funciones?
Me imagino que te estés preguntando ¿de qué profesional habla? Me refiero a las educadoras y educadores sociales, colectivo profesional al que pertenezco.
Educadoras o educadores sociales
Las educadoras o educadores sociales somos agentes de cambio, profesionales cualificados con formación universitaria para desempeñar un puesto como el que se ha descrito anteriormente. Ya que cumplimos todas las competencias y funciones del puesto y estamos acostumbradas/os a desempeñar este tipo de intervención socioeducativa.
Así que, ¿qué se pretende con esto? Para mí, solo existen dos escenarios posibles: en el que realmente se incluya una nueva figura, añadiendo por tanto una persona más al equipo multidisciplinar con el título universitario que procede para que se consiga un cambio real en los centros educativos o por el contrario, que una vez más se caiga en el error de que una persona docente que no cumple el perfil profesional adecuado, por mucho que se tenga el compromiso de darle formación específica para ello, ni probablemente tiempo suficiente y tenga un “cargo” más para quedar bien ante la sociedad.