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- Así afecta el Ingreso Mínimo Vital en la declaración de la Renta de 2021-2022
- Esta es la medida que facilita el acceso al Ingreso Mínimo Vital en 2022
- Los nuevos requisitos del Ingreso Mínimo Vital en 2022
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Con la nueva ley del ingreso mínimo vital (IMV) están surgiendo algunas novedades a tener en cuenta respecto a las rentas para reconocer la percepción del mismo.
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?
Es una prestación destinada a personas y unidades familiares que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Aunque la ley del ingreso mínimo vital fue aprobada en el año 2020, para este año 2022 ha habido una nueva modificación de la misma.
Esta nueva ley tiene objetivo la incorporación de medidas que faciliten el acceso esta ayuda económica. Junto con esta nueva ley se ha acordado el nuevo complemento a la infancia que supone un plus económico para aquellas familias que tienen menores de 18 años a cargo cuyas cuantías económicas varían en función de la edad de estos.
¿Qué rentas se tendrán en cuenta para poder percibir el IMV en 2022?
Como ya sabéis esta prestación la gestiona la seguridad social y esta determina la situación de vulnerabilidad económica de la familia o persona que lo solicita contando con el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior.
Para el cómputo de rentas del año en curso no se tienen en cuenta las prestaciones o subsidios por desempleo en cualquiera de sus modalidades; incluida la Renta Activa de Inserción (RAI) o prestación por cese de actividad.
Pero ¿qué novedades trae para este 2022?
No va a computar como renta para la persona obligada al abono de la pensión compensatoria, ni la pensión de alimentos a favor de los hijos, siempre y cuando no se este percibiendo. Igualmente, también se exceptúan las prestaciones correspondientes a dependencia.
Tampoco se tendrán en cuenta para el computo de rentas de este año, las prestaciones o subsidios de desempleo, incluida la renta activa de inserción, ni la prestación por cese de actividad percibidas durante dicho año, siempre que en el momento de la solicitud se hayan extinguido estas prestaciones.
Asimismo, se requerirá que en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud el beneficiario individual o, en su caso la unidad de convivencia no haya superado determinados limites de renta y patrimonio. En todo caso, el SEPE gestionara el IMV antes de finalizar la prestación, previo aviso del beneficiario de la prestación al Servicio de Empleo.
Los ciudadanos cuando no se reúna el requisito de vulnerabilidad económica el año anterior, tienen la posibilidad de solicitar el Ingreso Mínimo Vital teniendo en cuenta los ingresos del año actual entre el 1 de abril y el 31 de diciembre del año en curso.