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El proceso de solicitud de incapacidad permanente no siempre es sencillo, ya que en ocasiones puede alargarse más de lo esperado. Además, en determinadas situaciones, la persona necesita elevar su caso a la Justicia para obtener el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente.
En primer lugar, debes reunir la documentación necesaria para poner en marcha tu expediente. Por un lado tendrás que aportar documentos personales , DNI e historial clínico sobre todo y laborales , justificante de pago de cuota como autónomo o certificado de empresa, según casos.
Paralelamente, si ha sido una enfermedad o accidente considerado de trabajo, se te exigirá el parte administrativo del mismo. Pero el “papeleo” no acaba ahí, sino que se complementa con un formulario de incapacidad permanente que necesitarás cumplimentar.
Con toda la documentación recopilada y organizada, ya podrás acudir a un centro de atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentar la solicitud. En este punto, ya podrás decir que el inicio de tu expediente de incapacidad permanente (IP) es un hecho.
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¿Cómo va mi prestación?
En primer lugar, se debe acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seleccionar el apartado ‘Mis expedientes administrativos’. En este apartado, la Seguridad Social informa que «a través de este servicio puede consultar, previa identificación, la información sobre el estado de tramitación de los procedimientos que tenga abiertos, la relación de los actos de trámite realizados, con indicación sobre su contenido, así como la fecha en la que fueron dictados».
A continuación, el usuario debe hacer ‘click’ sobre el símbolo ‘+’ junto a una barra de ‘Mis expedientes administrativos’. Este es un paso imprescindible para consultar el expediente de incapacidad permanente. Para acceder, es necesario contar con DNI electrónico, certificado digital o Registro en Cl@ve.
En la siguiente pantalla, se debe seleccionar el apartado ‘Consulta del Estado de Tramitación’. Así, cualquier ciudadano puede consultar su expediente de incapacidad permanente previo a la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Además, hay una segunda vía para consultar en qué estado se encuentra su pensión de incapacidad permanente. En este caso, también se accede a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pero seleccionando inicialmente el apartado ‘Ciudadanos’.
Acción seguida, el sistema abrirá un desplegable azul en el que el usuario tendrá que seleccionar el apartado ‘Pensiones’. Justo después, el usuario debe marcar la casilla en la que se recoge el siguiente texto: «¿Cómo va mi prestación?».
Consultar la situación en la que se encuentra el trámite de la prestación
Desde la Seguridad Social exponen que «este servicio permite consultar la situación en la que se encuentra el trámite de la prestación solicitada, en nombre propio y en representación de otra persona, y efectuar un seguimiento de las fases del proceso desde que se presenta la solicitud hasta que se resuelve».
Del mismo modo, a través de esta vía también es necesario una identificación con DNI electrónico, Registro en Cl@ve, SMS o Cl@ve PIN. Finalmente, para consultar el expediente de incapacidad permanente, el ciudadano debe seleccionar el apartado ‘expedientes de prestación económica resueltos o solicitudes pendientes de resolver’.
La pensión de incapacidad permanente es una pensión contributiva del sistema español dirigida a aquellos trabajadores y trabajadoras que tienen limitaciones o no pueden desarrollar la actividad laboral debido a una lesión o enfermedad.