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Cuando nos conceden un grado de discapacidad, podemos pensar que nos corresponde una pensión pero lo cierto es que, no todos los grados de discapacidad pueden cobrar una pensión. Incluso a veces, podemos llegar a confundirnos entre discapacidad e incapacidad permanente.
¿Qué diferencia existe entre ambas?
La persona que tiene una discapacidad es porque tras una valoración social y medica se le reconoce que tiene una deficiencia física o psíquica para realizar algunas actividades de la vida diaria mientras que una incapacidad permanente es aquella prestación que se recibe por no poder trabajar debido a una enfermedad o un accidente.
El hecho de que tengamos reconocido un grado de discapacidad no significa que no podamos acceder a una pensión, que también. Pero lo que si que vas a poder disfrutar son de los beneficios sociales y fiscales que tienes derecho por tener un grado de discapacidad.
¿Qué requisitos son necesarios para cobrar una pensión por discapacidad?
La pensión no contributiva de invalidez es la que se otorga por tener reconocido un grado de discapacidad. Este tipo de pensión forman parte de las pensiones no contributivas, en las cuales no es necesario tener una cotización previa.
Requisitos:
- Tener reconocido un grado igual o superior al 65%.
- Tener entre 18 y 64 años.
- Residir en España legalmente y haberlo hecho durante al menos 10 años en total. Dos de esos años han de ser consecutivos, pero también inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la prestación.
- Contar con ingresos inferiores a 5.899 euros al año.
El grado de discapacidad no es concedido a través de la seguridad social, sino por parte de los servicios sociales de la comunidad autónoma donde se resida. Por lo que para poder acceder a esta pensión, se debe llegar al 65% del grado de discapacidad.
¿Cuál es el proceso para el reconocimiento del grado de discapacidad?
Tras la valoración del órgano competente avalado por un examen exhaustivo junto con informes médicos y sociales correspondientes se dictamina una propuesta que deberá contener un diagnostico, tipo y grado de discapacidad propuesto. Posteriormente, se dictará una resolucion expresa sobre el porcentaje de discapacidad así como la puntuación obtenida.
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Clases, grados y porcentajes de discapacidad
- Grado 1: no existe discapacidad 0%
- Grado 2: discapacidad leve del 1 AL 24%
- Grado 3: discapacidad moderada del 25 AL 49%
- Grado 4: discapacidad grave del 50 AL 70%
- Grado 5: discapacidad muy grave 75%
Los porcentajes del 33 y del 65% se usan para establecer los beneficios sociales y fiscales.
El hecho de tener reconocido un grado de discapacidad del 33% no conlleva ninguna prestación económica ni tampoco beneficios sociales y fiscales. Pero, en el caso de que sea igual o superior al 33% si que dispones de ventajas sociales y fiscales.
En el caso de tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% ya tienes derecho a una pensión económica.
¿Puedo trabajar con una pensión por discapacidad?
En el caso de que tengamos reconocido una pensión no contributiva de invalidez podremos trabajar siempre y cuando el salario junto con la pensión no supere los 12.847 euros/años.
En el caso de que tengas una discapacidad del 65% o más y no cobres ninguna pensión no contributiva, puedes acercarte a los servicios sociales de tu zona para que te orienten.