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¿Qué pasara con la asignación por hijo o menor a cargo a partir de 2021?

por Redacción
4 de diciembre de 2020

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A raíz de la puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y con motivo de su decreto ley con fecha de efecto de 1 de junio, se suprimió la posibilidad de presentar nuevas solicitudes para la asignación económica por hijo o menor a cargo (los puntos) sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%.

Por lo que los ya beneficiarios de esta ayuda, se han ido integrando en el IMV, en lo que se ha denominado prestación económica transitoria de ingreso mínimo vital, siempre que cumplieran los requisitos para ello. El plazo que tiene el Gobierno para esta transición termina el 31 de diciembre.

No obstante, el reconocimiento del IMV en los casos de concesión «de oficio» no obliga a su aceptación, por lo que la persona beneficiaria dispone de un plazo de 30 días para elegir cuál de ellas quiere cobrar.

¿Se puede solicitar la ayuda por hijo a cargo?

Actualmente se puede seguir solicitando esta asignación por hijo a cargo, siempre y cuando el hijo que genere el derecho a esta prestación, sea:

  • Menor de 18 años y que este afectado por una discapacidad igual o superior al 33%
  • Mayor de 18 años y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65%,

Deberán estar a cargo del beneficiario, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación, así como por los menores a su cargo en régimen de acogimiento familiar, permanente o guarda con fines de adopción.

¿Se seguirá percibiendo la asignación por hijo a cargo?

Según la normativa actual seguirán siendo perceptores de la asignación y la continuarán percibiendo, siempre y cuando se mantengan los requisitos que dieron lugar a su concesión.

Lo mismo ocurrirá con los beneficiarios de la prestación económica transitoria de ingreso mínimo vital que a 31 de diciembre de 2020,  cumplan los requisitos para ser beneficiarios del IMV.

Un Articulo de Ángel Verdugo del grupo: PRESTACIONES SEGURIDAD SOCIAL

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