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Me han aprobado el Ingreso Mínimo Vital ¿cuándo lo cobrare?

La Seguridad Social suele cerrar nominas entre el día 10 y el día 12 de cada mes

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Cuando solicitamos el Ingreso Mínimo Vital (IMV) por primera vez, es cuando surgen todas las dudas sobre las fechas de ingreso.

En muchas ocasiones, debido a la cantidad de información o al tedioso papeleo, no nos comunican o no nos quedamos con la información sobre cuándo vamos a comenzar a percibir la prestación tras haber sido aprobada la solicitud.

Ante esto debemos tener en cuenta que la Seguridad Social suele cerrar nominas entre el día 10 y el día 12 de cada mes. Por lo que cualquier solicitud aprobada posterior a esa fecha no entraría en el plazo de pago del 1 al 4 del mes siguiente a la aprobación. Si no que lo haría en un plazo de prácticamente de dos meses.

Fechas de pago

Dado que están surgiendo muchas dudas sobre las fechas de pago del IMV y el cierre de nominas de la Seguridad Social. Por lo que procedemos a aclarar estas dudas con la información que nos ha proporcionado la administración:

  1. El pago del IMV se realiza entre el día 23 y el día 4 de cada mes. Dependiendo de la entidad bancaria.
  2. La seguridad Social cierra nominas a entre el día 10 y el 12 de cada mes.

Ejemplos:

  • Si la solicitud se aprueba entre el día 1 y el día 12 de noviembre, podríamos percibir el pago entre el día 23 de noviembre hasta el día 4 de diciembre. Dependiendo de nuestra entidad financiera.
  • Si nos aprueban el IMV a partir del día 13 de noviembre el pago se realizaría entre el 23 de diciembre y el día 4 de enero. Dependiendo de nuestra entidad financiera.

Plazos de resolución del Ingreso Mínimo Vital

El pago de la prestación será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación.

El derecho a la prestación del ingreso mínimo vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

El plazo máximo de resolucion es de 6 meses, una vez transcurrido si no has obtenido respuesta es posible reclamar.

Información adicional

Redacción

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