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El tiempo del servicio social femenino, computa para la pensión de jubilación

Hasta hace poco tiempo, la Seguridad Social no había estado reconociendo el tiempo que muchas mujeres dedicaron al “Servicio Social Femenino” para el cálculo de la jubilación

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Hasta hace muy poco tiempo, la Seguridad Social (INSS) no había estado reconociendo el tiempo que muchas mujeres dedicaron al “Servicio Social Femenino” para el cálculo de la jubilación anticipada. Al contrario que para los hombres, a los que si se ha tenido en cuenta el tiempo que pasaron en el Servicio Militar Obligatorio, la conocida coloquialmente como “mili”.

Sin embargo, gracias a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (115/2020, de 6 de febrero de 2020). Mediante la cual se reconoció el derecho de una mujer a computar el tiempo dedicado a realizar el servicio social femenino, esto ha cambiado.

Servicio social femenino

A partir de ahora, el servicio social femenino que muchas mujeres se vieron obligadas a hacer entre 1937 y 1978 computará para la pensión de jubilación. Podrá computar para acceder a la jubilación anticipada, como máximo un año. Siempre con el fin de alcanzar los 33 años cotizados (para el cese forzoso) o los 35 años (para el voluntario).

La reforma de pensiones del año 2011 ya contemplaba la necesidad de tener en cuenta estos periodos dedicados a prestar un “deber nacional”. Sin embargo, el posible proyecto de ley que lo pudiera recoger fue aplazado en varias ocasiones.

Actualmente, en la primera parte de la reforma de pensiones que el Gobierno ha pactado con los agentes sociales y cuyo proyecto de ley comenzará su trámite parlamentario en septiembre, sí que se contempla una equiparación entre el servicio social femenino obligatorio y la «mili» u «objeción de conciencia».

¿Qué era el servicio social femenino?

El Servicio Social Femenino estaba organizado en el ámbito de la Sección Femenina de la Falange Española. Era realizado por mujeres entre 17 y 35 años. Pretendía ser un símil al servicio militar establecido para los hombres, pero con diferentes requisitos y beneficios. Para poder realizar el servicio social las mujeres debían estar solteras para poder acceder a un trabajo remunerado o a un título académico u oficial. Pero también se exigía para unirse a una asociación, obtener el pasaporte o el carné de conducir.

Las labores del servicio social femenino iban desde la colaboración en hospitales hasta la ayuda en orfanatos o comedores infantiles y en los trabajos realizados en las bibliotecas.

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Sonia Antuña

Graduada en Educación Social

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