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Como enviar documentos a la Seguridad Social

por Redacción
22 de diciembre de 2020

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En ocasiones la Seguridad Social nos requiere documentación extra para nuestras solicitudes o expedientes. Para solicitarnos esta documentación puede indicárnoslo de varias maneras: a través de correo postal, por correo electrónico o en nuestras notificaciones telemáticas.

La administración concede un plazo máximo para que realicemos este envió. El cual varia en función del tramite en cuestión, aunque suele rondar los 10 días. Ante la dificultad de obtener una cita previa para aportarles la documentación presencialmente, existe una gran variedad de formas para hacerles llegar esta documentación de forma rápida y segura.

En el registro electrónico de la Administración u Organismo

  1. Registro electrónico de la Seguridad Social sede.seg-social o seg-social.gob.es.
  2. Registro electrónico común, solo con DNIe o certificado digital rec.redsara.es.
  3. ORVE – Servicio de Registro Virtual Electrónico con la Administración de Correos. Accede desde aquí: correos.es.
  4. Registros de Comunidades Autónomas.
  5. Registros de Ayuntamientos.

Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones del INSS

Desde presentación de otros escritos, podrás enviarles la documentación requerida. Si es para adjuntar documentación a tu solicitud del ingreso mínimo vital, debes incluir y adjuntar el justificante y el número de tu código. Accede desde aquí.

En las oficinas de Correos

Correos, posee varios servicios para que podamos realizar nuestro envió con éxito:

  1. Carta Digital, con prueba de Entrega Electrónica (PEE) correos.es
  2. Correo Certificado con aviso de recibo o Prueba de Entrega Electrónica (PEE) correos.es
  3. Burofax correos.es
  4. ORVE correos.es

Oficinas de registros

En las oficinas de asistencia en materia de registros podrás enviar tu documentación la cual quedara registrada directamente. administracion.gob.es

Representaciones diplomáticas

Si te encuentras en el extranjero cuando te realizaron este requerimiento, puedes enviarlo a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Este articulo se ha realizado en colaboracion con Ana Soto

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