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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre nuevas iniciativas para responder a las consecuencias que la guerra de Ucrania está teniendo en la economía española.
Entre estas medidas figura el abono extraordinario de 200 euros destinado a apoyar las rentas de las familias de clase media en un contexto de inflación. Con esta ayuda, que alcanzará a 4,2 millones de hogares, se reducirán las situaciones de vulnerabilidad económica que no están cubiertas por otras prestaciones sociales.
¿Qué ingresos y patrimonio se tienen en cuenta para pedirla?
Se deben tener en cuenta los ingresos íntegros y el patrimonio del solicitante y de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio:
- su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho de la respectiva Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma,
- aquellas personas que pudiesen dar derecho a aplicar el mínimo por descendientes regulado en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF,
- ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
Para la determinación de estas circunstancias se atenderá a la situación existente a 31 de diciembre de 2022.
Por tanto, no se tendrán en cuenta los ingresos y patrimonio de otras personas convivientes en el mismo domicilio que no estén unidas por los vínculos anteriores.
Así, no se sumará el ingreso y el patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación de las mencionadas en los tres puntos anteriores.
¿Cómo se calcula el limite de ingresos y patrimonio?
Los ingresos y la cuantía del patrimonio del beneficiario se calcularán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, apartados 1, 4 y 5 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
Enlace: Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Por tanto, para el computo del patrimonio no se tendrá en cuenta la vivienda habitual.
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¿En qué plazo y cómo se presenta la solicitud?
Los contribuyentes podrán solicitar la ayuda de pago único de 200 euros desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.
Tendrán que rellenar un formulario en la Agencia Tributaria, en el que facilitarán la cuenta bancaria donde deseen que se realice la transferencia. Será necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite.
Si el solicitante tiene domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco, las haciendas locales serán las competentes para recibir las solicitudes y administrar el cheque.