El Gobierno español ha tomado la decisión de prorrogar durante otros dos años más el Bono Joven de Alquiler como una ayuda económica cuyo fin es fomentar la emancipación de los jóvenes españoles. Se destinarán para ello 200 millones de euros que serán repartidos entre las comunidades autónomas para que sean estas, en base a su competencia, las que tramiten las solicitudes, gestionando posteriormente la distribución de dichas ayudas.
Ésta medida, incluida dentro de las políticas de apoyo a la vivienda, tiene por objetivo paliar la situación de los jóvenes en relación a la dificultad de acceder a un alquiler que sea digno.
Requisitos para solicitar el Bono Joven Alquiler
Es una ayuda que está dirigida a las personas jóvenes en una franja de edad que sea de 18 a 35 años. Para que se pueda acceder al bono es necesario aportar una justificación de ingresos anuales que no superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivaldría a unos 21.600 euros, aunque esta cantidad se podría ver incrementada si es la comunidad autónoma la que adapta los requisitos de estos ingresos o la del propio bono al ámbito de su realidad.
Asimismo, hay que recordar que el Bono Joven de Alquiler no se oferta en todo el Territorio Nacional Español. El País Vasco y Navarra quedan excluidos, por su régimen foral y por sus correspondientes programas de ayuda al alquiler que tienen un funcionamiento independiente. En el resto de las comunidades autónomas, incluidas Ceuta y Melilla, se podrá solicitar el bono pasados los correspondientes procesos administrativos de cara a la publicación de las convocatorias para cada territorio.
Cuantía y condiciones del Bono Joven Alquiler
El Bono Joven de Alquiler contempla una ayuda que es de 250 euros mensuales y que se puede percibir durante un período máximo de 24 meses, lo que comienza a convertirse en un total de 6.000 euros para cada beneficiario. Para poder considerarse una persona beneficiaria de la convivencia estable, independientemente de si alquila una habitación o un inmueble completo, se impone que el precio del alquiler del inmueble no supere los 600 euros al mes.
A partir de la reciente llegada de la Ley por el Derecho a la Vivienda, se ha establecido la posibilidad de que el precio del alquiler supere los 600 euros mensuales, hasta un máximo de 900 euros, previos análisis y supeditado al visto bueno del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Si es una persona que alquila una habitación, el precio del alquiler del inmueble no podrá ser superior a los 300 euros al mes. En caso de que supere los 300 euros, se extenderá también el límite hasta 450 euros bajo las mismas condiciones fijadas por la ley.
Se debe tener presente que, si alguna persona beneficiaria no cumple lo exigido por la reglamentación correspondiente, desaparece la posibilidad de ser beneficiaria.
Periodo y procedimientos para recibir la ayuda
Las comunidades autónomas serán quienes determinen la fecha y el periodo a seguir para recibir las solicitudes. Para poder recibir el bono hay que tener un contrato, bien sea de un inmueble o de una habitación. Asimismo, también hay que tener un domicilio que debe coincidir con que en el día a día resida esta persona. Se debe justificar esta precisión por medio del empadronamiento. En el caso de que alguna persona beneficiaria de la medida se traslade a otra comunidad autónoma en el sector de vigencia de la solicitud de la ayuda económica correspondiente, estarán obligados a ponerlo en conocimiento en un plazo no superior a 15 días y deberán volver a presentar la solicitud en la comunidad donde se ha trasladado, siempre que, por supuesto, cumplan con todos los puntos establecidos por dicha comunidad.