Ayuda de 1.000 euros por nacimiento o adopción de la Seguridad Social

La prestación por nacimiento o adopción de hijo, consistirá en un pago único de 1.000 euros.


La prestación económica por nacimiento o adopción de hijos en familias numerosas, monoparentales o madre o padres con discapacidad, es una prestación económica de pago único a tanto alzado que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas o que, con tal motivo, adquieran dicha condición, en familias monoparentales y en los casos de madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.

No se reconoce la prestación en los supuestos de acogimiento familiar.

Requisitos de acceso

Esta prestación va dirigida a los progenitores o adoptantes, por el nacimiento o adopción de hijo, siempre que:

Cuantía

La prestación por nacimiento o adopción de hijo, consistirá en un pago único de 1.000 euros. Dicha cuantía contemplará un incremento del 15 % por cada hijo a cargo, a partir del segundo, este incluido.

En los casos en que los ingresos anuales percibidos, de cualquier naturaleza, superen el límite establecido en el art. 357.3 de la LGSS pero sean inferiores al resultado de sumar a dicho límite el importe de la prestación, la cuantía de esta última será igual a la diferencia entre los ingresos percibidos por el beneficiario y el resultado de la indicada suma.

No se reconocerá la prestación en los supuestos en que la diferencia a que se refiere el párrafo anterior sea inferior al importe establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (art. 358 de la LGSS).

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A los exclusivos efectos de la determinación del límite de ingresos:

Esta prestación es compatible con:

Información adicional

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