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En este artículo vamos a tratar las multas de Hacienda por hacer transferencias entre familiares, llegando a los 2.500 euros.
Transferir dinero a través de un banco puede no parecer complicado, pero sí puede acarrear más problemas de los que parece. Es por ello que la Agencia Tributaria puede imponer multas en función del importe de la transferencia. Por lo tanto, es fundamental conocer las posibles consecuencias de los movimientos bancarios.
Es importante recordar que al hacer una transferencia, no se puede evitar la responsabilidad tributaria bajo ninguna circunstancia. El fisco es implacable en estos temas y, de hecho, el artículo 6.1 del Código Civil lo deja muy claro: «La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento«. Es decir, que el desconocimiento de una norma no puede ser una justificación para incumplirla. Por lo tanto, es fundamental estar al tanto de la normativa fiscal vigente para evitar problemas con Hacienda.
Las transferencias entre familiares
Además, es importante tener en cuenta que las transferencias entre familiares también están sujetas a impuestos. En este caso, se encuentran dentro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, lo que implica que se deberá pagar un porcentaje determinado dependiendo de la comunidad autónoma en la que se realice el pago. Por lo tanto, es importante estar informado sobre las condiciones fiscales que aplican en cada caso para evitar posibles sanciones por parte de Hacienda.
Lo primero de todo, cualquier cambio de ubicación o posición del dinero fuera del hogar del titular de los medios de pago será considerado como un movimiento, según la Agencia Tributaria. Los medios de pago incluyen tanto el papel moneda como la moneda metálica, nacional o extranjera, así como los cheques, pagarés u órdenes de pago al portador. También se consideran medios de pago las tarjetas prepago no nominativas y las monedas que contengan al menos un 90% de oro. Por lo tanto, si no se declaran a partir de una cierta cantidad, te pueden multar por transferencias entre familiares.
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Límites en las transferencias
La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales establece que, aunque el límite de transferencias es de 10.000 euros, la mayoría de bancos limitan los movimientos digitales a 6.000 euros. Además, el artículo 34 de la misma ley prohíbe la entrada o salida del territorio nacional con medios de pago por un valor igual o superior a 10.000 euros en moneda nacional o extranjera, así como los movimientos dentro del territorio nacional por un valor igual o superior a 100.000 euros en moneda nacional o extranjera.
Si no se comunica a la Agencia Tributaria sobre una transferencia, se pueden aplicar multas que oscilan entre el 2% y el 25% del importe no declarado. Si la cantidad transferida no notificada supera los 10.000 euros, la multa de Hacienda por transferencias a familiares sería de 2.500 euros. También se puede imponer una multa de 150 euros si se presentan modelos con información incompleta, inexacta o falsa.
¿Cuál es el plazo para apelar una multa impuesta por Hacienda?
Por lo general, se dispone de un mes desde la fecha de la notificación para presentar el recurso correspondiente. Es clave estar familiarizado con los requisitos y el procedimiento, porque cualquier incumplimiento puede llevar a la desestimación del caso.
Además, todas las infracciones deben ser pagadas y cumplidas íntegramente. Sin embargo, existen circunstancias específicas en las que podrías solicitar la asistencia de un asesor para impugnar una multa que consideran injusta.