Los contribuyentes tienen que cumplir con sus obligaciones con Hacienda presentando el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A medida que se acerca la campaña de la declaración de la Renta, los ciudadanos que perciban rentas por salarios, pensiones y otro tipo de ingresos deben tributar en el plazo señalado. Sin embargo, no todas las personas están obligadas, ya que existen una serie de mínimos legales.
¿Quiénes están exentos de presentar la declaración de la Renta?
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes de un pagador si no superan los 22.000 euros anuales, según explica la propia Agencia Tributaria. Este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), es decir, si se trabajó para varias empresas o se estuvo unos meses contratado y otro en paro cobrando la prestación por desempleo. También cuando el pagador no está obligado a retener (como en el caso del SEPE) y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite queda fijado en 15.000 euros anuales.
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Mínimos para estar obligado a presentar la declaración de la Renta 2023
Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:
- Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Obligación de presentar la declaración para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Por otra parte, la Agencia Tributaria recuerda que todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración de la Renta, de acuerdo con la normativa que establece dicha ayuda. Se trata de una forma de controlar que no hay fraude, pero no supone que vayan a tener una declaración con resultado a ingresar.
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