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El rendimiento obtenido por las empresas ubicadas en España está sujeto a un gravamen: Impuesto sociedades. Este impuesto se aplica a los beneficios obtenidos tanto por sociedades mercantiles, como por entidades jurídicas.
Se trata de un impuesto personal porque grava la renta de una persona jurídica, directo, y se aplica de forma periódica en todo el territorio español. El período impositivo siempre coincide con el ejercicio económico de la empresa. En ningún caso, el período impositivo puede exceder de doce meses
En este artículo vamos a ver quién debe presentar el Impuesto de Sociedades, cuándo se paga este impuesto, así como los modelos y plazos de presentación.
¿Quién debe presentar el Impuesto de Sociedades?
Deben presentar el Impuesto de Sociedades:
- Sociedades mercantiles: agrupa tanto Uniones Temporales de Empresas (UTE), sociedades anónimas, y sociedades limitadas.
- Sociedades Civiles que tienen un carácter mercantil
- Fondos de inversión, de pensiones, cooperativas
- Sociedades agrarias y agrupaciones de interés económico (AIE)
- Asociaciones y fundaciones (ONG, colegios profesionales)
¿Cuándo se paga el Impuesto de Sociedades?
La declaración se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por tanto, si una entidad hace coincidir su periodo impositivo con el año natural, deberá liquidar y pagar el impuesto de sociedades hasta el 25 de julio.
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Modelos y plazos de presentación del Impuesto de Sociedades
Los modelos son:
Modelo 200: La mayor parte de las empresas, que son aquéllas cuyo ejercicio coincide con el año natural, realiza la presentación del 1 al 25 de julio del año siguiente a aquel en el que finaliza el período impositivo.
El modelo 202: Entre los días 1 al 20 de abril, octubre y diciembre se realizan los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades con el Modelo 202.
Modelo 220: es el establecido para Entidades en régimen de consolidación fiscal y su período de presentación, por regla general, para las empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural ,es del 1 al 25 de Julio año siguiente a aquel en el que finaliza el período impositivo.
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