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Trabajo acelera para que las empleadas del hogar puedan cobrar el paro este año

El Consejo de Ministros remite al Congreso la ratificación del convenio 189 de la OIT, para su aprobación antes de un año


El Consejo de Ministros ha aprobado remitir al Congreso de los Diputados la ratificación del convenio 189 de la Organización Internacional del trabajo (OIT). Que consiste en un compromiso vinculante por parte del Estado español de garantizar unas condiciones dignas de trabajo y una protección social suficiente para el colectivo de personas trabajadoras del hogar.

El Ministerio de Trabajo ha comenzado a acelerar el proceso para que las empleadas del hogar tengan acceso a cobrar el paro antes de finalizar este año.

Discriminación sin perspectiva de género

Este proceso se inició en el primer gobierno en solitario de Pedro Sánchez y comenzaron los trámites con la legislatura del Ejecutivo de coalición. Actualmente se acelera el proceso tras la reciente sentencia del Tribunal Justicia de la Unión Europea (TJUE). Que censuraba a España por discriminar de manera injustificada y sin perspectiva de género a las personas pertenecientes a este colectivo.

Las personas trabajadoras del hogar están encuadradas en un régimen especial dentro de la Seguridad Social, en el que solo operan ellas y según el mismo no pueden cotizar, entre otros, por derecho a desempleo. Lo que implica que cuando son despedidas no tienen derecho a cobrar el paro ni otros subsidios. Un criterio que los tribunales, tras la sentencia europea, han comenzado a reinterpretar y reconocen nuevas medidas de protección.

Una sentencia que busca equiparar derechos

El pasado 24 de febrero la TJUE en la sentencia censuró la ausencia de esa igualdad de trato en España y es lo que actualmente el gobierno pretende corregir. Actualmente hay aproximadamente 378.466 personas trabajadoras del hogar dadas de alta a la Seguridad Social.

El artículo 10 del convenio 189 de la OIT reclama que toda persona deberá adoptar medidas orientadas a asegurar la igualdad de trato entre las trabajadoras domésticas y los trabajadoras en general. En relación a las horas normales de trabajo, la compensación de las horas extraordinarias, los períodos de descanso diarios y semanales y las vacaciones anuales pagadas. En función y concordancia con la legislación nacional o con convenios colectivos, teniendo en cuenta las características especiales del trabajo doméstico.

Tania Esquer Bru

Trabajadora Social

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