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La Seguridad Social cada día notifica a demandantes del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que requiere documentación extra, para poder resolver los expedientes que acumula de miles de personas.
Y mas si tenemos en cuenta que a cientos de solicitantes les ha cambiado el estado del IMV a: “Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada”. Por lo que es mas es que probable que tengan que esperar a que les llegue una notificación con la documentación adicional que necesitan, en caso de que así sea. Ya que el INSS puede solicitar documentación al solicitante o a otra administración. Por lo que, hasta ese momento, no podrán solucionar nada.
Para que los solicitantes puedan cumplir este requerimiento de la administración y teniendo en cuenta que solo concede un plazo de 10 días. Existen varias formas de aportar esta documentación, tanto a través de la propia Seguridad Social, como mediante otras vías, que procedemos a explicar a continuación:
Primera forma: Aportar documentación
La primera es la forma ya clásica, a través de la web que habilito para solicitar el IMV sin certificado electrónico ni Cl@ve, a la que puedes acceder dese el siguiente enlace: imv.seg-social.es
Desde aqui solo tendrás que introducir tu numero de identificación y tu código de solicitud, el mismo que se genero al presentar la solicitud del IMV o que te enviaron días mas tarde, si la presentaste con certificado electrónico o cl@ve.
A partir de aquí, solo tendrás que adjuntar la documentación solicitada. Pero no olvides comprimirla antes, ya que este espacio es muy limitado. Esto puedes hacerlo con un software online para comprimir PDF.
Segunda forma: Presentación de otros escritos del INSS
Cuando se da esta situación en la cual no puedes adjuntar ni un documento mas, ni comprimiéndolo. La Seguridad Social dispone de otra forma para el envió de documentos, que es la presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones.
Para iniciar pincha en «acceso directo a trámites«
Podrás elegir identificarte con certificado electrónico, cl@ve o usuario y contraseña.
Escribe tus datos y explica en la comunicación, que deseas aportar documentación extra a tu solicitud por requerimiento de la Seguridad Social. Adjunta toda los los informes que te requieran y si esto no es posible, adjunta una parte y posteriormente envía otra comunicación con la documentación que falte.
Puedes repetir este proceso tantas veces necesites, hasta enviar todos los documentos. Una vez completado el formulario, enviás.
A partir de aqui solo queda esperar a que la Seguridad Social lo adjunte a tu expediente, este proceso suele ser mas o menos rápido, por lo que en unos días tu solicitud pasara a estar actualizada.
Tercera forma: Direcciones de correo electrónico del INSS
Esto se puede realizar a través del buzón de correo desde el que nos envían la notificación, solicitándonos nueva documentación, cuando así lo indican. Para hacerlo, simplemente tendremos que adjuntar esta documentación requerida, en formato PDF. Y en el asunto deberemos adjuntar el numero de nuestro expediente (Numero de registro) del IMV.
A tener en cuenta:
La seguridad social tiene diferentes direcciones de correo con las que nos notifica o informa. Pero estas direcciones en su mayoría, no son validas para el envió de documentación o la respuesta. Ya que son direcciones de envió automático y si contestamos, nuestro correo no llegara a ningún sitio.
En algunos emails, nos notifican expresamente que a través de la dirección del remitente, si podemos responder. Pincha aquí para conocer un ejemplo de como seria una de estas direcciones
Cuarta forma: En el registro electrónico de la Administración u Organismo
- Registro electrónico de la Seguridad Social sede.seg-social o seg-social.gob.es.
- Registro electrónico común, solo con DNIe o certificado digital rec.redsara.es.
- ORVE – Servicio de Registro Virtual Electrónico con la Administración de Correos. Accede desde aquí: correos.es.
- Registros de Comunidades Autónomas.
- Registros de Ayuntamientos.
Quinta forma: En las oficinas de Correos
Correos, posee varios servicios para que podamos realizar nuestro envió con éxito:
- Carta Digital, con prueba de Entrega Electrónica (PEE) correos.es
- Correo Certificado con aviso de recibo o Prueba de Entrega Electrónica (PEE) correos.es
- Burofax correos.es
- ORVE correos.es
Sexta forma: Oficinas de registros
En las oficinas de asistencia en materia de registros podrás enviar tu documentación la cual quedara registrada directamente. administracion.gob.es
Séptima forma: Representaciones diplomáticas
Si te encuentras en el extranjero cuando te realizaron este requerimiento, puedes enviarlo a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Forma extra
Si prefieres entregar estos documentos de forma presencial, puedes solicitar cita previa con la Seguridad Social, desde aquí.