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Si te llaman estando en la lista Robinson tiene consecuencias: multa de 10.000 euros

por Redacción
24 de octubre de 2022

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Cuando hablamos de la lista Robinson hay mucha gente escéptica, y con razón, sobre si de verdad funciona o van a seguir llamando las diferentes compañías con campañas publicitarias. Y lo cierto es que muchas veces se ha visto como aunque estamos registrados nos siguen llamando, y esto ha tenido diferentes consecuencias para estas empresas como ha ocurrido de manera reciente con Vodafone, algo que ya sucedió con una multa que ya asumió el año pasado.

Para ponerse en contexto un poco la legislación establece que los usuarios tienen derecho a no recibir llamadas automáticas y oponerse a las mismas según el artículo 48 LGT, así como el artículo 21 RGPD.  De esta manera se responde que no se pueden recibir llamadas publicitarias al estar en esta lista Robinson.

Recibir llamadas mientras estando en la  lista Robinson está multado

Pero es una realidad que aunque estamos en esta lista en la que rechazamos las llamadas, las seguimos recibiendo. En todas las ocasiones no hacemos absolutamente nada, pero una consumidora decidió reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por recibir estas llamadas comerciales pese a haberlas rechazado previamente.

En esta reclamación la afectada afirma que recibió una primera llamada en la que no se escuchaba absolutamente nada, pero la segunda si que tuvo una duración de 1 minuto lo que se consideró una llamada comercial. Esta llamada fue recibida por la empresa TECNOCUBE MARKETING S.L, que realizaba una campaña publicitaria de Vodafone tal y como recoge la resolución pública de la AEPD.

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Vodafone se escuda

En la resolución se puede ver como Vodafone trata de escudarse afirmando que ciertamente el teléfono de la reclamante consta en la lista Robinson, y niega que los números que han realizado la campaña pertenezca a colaboradores. Si bien, tras un rastreo de los teléfonos que realizaron la llamada se pudo determinar que uno de ellos llegó directamente a TECNOCUBE MARKETING S.L, colaboradora de Vodafone, y que ofreció en su nombre una oferta a la afectada. Es por ello que en un primer momento se reclamó a Vodafone.

Sanción de 10.000 euros

Al final al AEPD ha establecido una sanción de 10.000 euros a TECNOCUBE MARKETING S.L, pero no directamente a Vodafone. Si bien, estamos hablamos de una empresa que colabora con la operadora para realizar diferentes campañas publicitarias. En este caso se ha podido ver claramente que la lista Robinson a veces no funciona, aunque si se reclamara se puede llegar a tener consecuencias económicas para estas empresas.

Es cierto que 10.000 euros no supone un gasto muy grande para estas empresas, pero si todos los que recibimos una llamada inapropiada publicitaria reclamásemos de la misma manera, ya no seria algo tan insignificante.

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