[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día síguenos en Facebook, únete a nuestra gran comunidad.
- Esto es lo que debes tener en cuenta si te vas a jubilar con una incapacidad permanente
- Incapacidad permanente: ¿en que casos se revisa? ¿me la pueden quitar?
- Listado de enfermedades para recibir una pensión de incapacidad permanente
[/tie_list]
Una de las novedades de la reforma de las pensiones es la revalorización de las cuantías sobre el valor del índice de Precios de Consumo (IPC). En este sentido, las pensiones verán una subida que, en el caso de las prestaciones contributivas, será de un 2,5%. Ahí se incluye la pensión por incapacidad permanente.
En este artículo, vamos a recordar en qué consiste la incapacidad permanente y cuáles son las cuantías de la incapacidad permanente en este 2022.
¿Qué se entiende por Incapacidad Permanente?
La pensión de incapacidad permanente se concede al trabajador que ha sufrido un grado de discapacidad y que se ha visto afectado en la ejecución de su trabajo (la actividad que venía realizando habitualmente), obligándole incluso a abandonar la vida laboral antes de tiempo.
Es importante destacar que se reconocen 4 grados distintos a la hora de conceder esta prestación (parcial, total, absoluta o gran invalidez), cambiando las cuantías para cada una.
Requisitos incapacidad permanente
Las personas beneficiarias de una incapacidad permanente en España durante el año 2022 deben cumplir una serie de requisitos generales establecidos por ley en la Seguridad Social. Además, dependiendo del grado de incapacidad, el INSS también puede solicitar algunas condiciones específicas.
Así, las causas que pueden dar lugar a una incapacidad permanente son accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional. El tipo de contingencia también puede condicionar algunos requisitos requeridos.
Estos son algunos de los requisitos básicos para ser beneficiario de una pensión de incapacidad en 2022:
- Estar dado de alta o en situación asimilada de alta en la Seguridad Social.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación. En 2022 esta edad fijada es de 66 años y dos meses para personas que han cotizado menos de 37 años y 6 meses durante la vida laboral.
- Tiempo mínimo de cotización.
En el caso de que la contingencia de la pensión de incapacidad sea una enfermedad profesional o accidente laboral, no será necesario acreditar ningún periodo previo de cotización.
Cuantías mínimas de la pensión por Incapacidad Permanente
Para saber cuánto se va a cobrar con la pensión por incapacidad permanente hay que señalar que esta puede variar atendiendo a dos criterios:
- El tipo de pensión que se cobra.
- Si tiene o no cónyuges a cargo.
Dicho esto, vemos cómo quedan las cuantías para este año 2022:
Incapacidad Permanente de gran invalidez
- Con cónyuge a cargo: 1.335,08 euros
- Sin cónyuge: 1.082,6 euros
- Con cónyuge no a cargo: 1.027,05 euros
Incapacidad Permanente absoluta
- Con cónyuge a cargo: 890,5 euros
- Sin cónyuge: 721,7 euros
- Con cónyuge no a cargo: 685 euros
Incapacidad Permanente total con 65 años o más
- Con cónyuge a cargo: 890,5 euros
- Sin cónyuge: 721,7 euros
- Con cónyuge no a cargo: 685 euros
Incapacidad Permanente total entre 60 y 64 años
- Con cónyuge a cargo: 834,9 euros
- Sin cónyuge: 675,2 euros
- Con cónyuge no a cargo: 638,2 euros
Incapacidad Permanente total derivada de una enfermedad común
- Con cónyuge a cargo: 532 euros
- Sin cónyuge: 532 euros
- Con cónyuge no a cargo: 527,4 euros
Cuantías máximas
El importe máximo para las pensiones contributivas se situará en 39.474 euros anuales que, al ser abonadas en 14 pagas, equivaldría a 2.819 euros mensuales.