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- El Gobierno aprueba una subida del 15 % durante 6 meses para perceptores del Ingreso Mínimo Vital
- Medidas del nuevo decreto anticrisis: todas las claves
- Incremento del 15 % de las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, ¿cuándo se cobra?
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Se han aprobado las nuevas medidas contempladas en el Escudo Social para ofrecer un cinturón de seguridad para la población, sobre todo ante situaciones de crisis para asistir y proteger a los colectivos sociales más vulnerables.
Subida del Ingreso Mínimo Vital y las pensiones no contributivas
Para paliar los efectos que el encarecimiento de los precios está teniendo en los hogares, el Gobierno ha aprobado un aumento transitorio, durante seis meses, del 15 % de las nóminas de Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez. Este incremento transitorio estará en vigor desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de este año.
Entre ambas prestaciones se reforzarán las rentas de más de 800.000 hogares de especial vulnerabilidad. En el caso del Ingreso Mínimo Vital, el incremento se efectúa sobre el conjunto de la nómina, es decir, incluyendo el complemento de ayuda a la infancia en aquellos hogares que lo perciban.
Medidas sobre el alquiler de viviendas
El Consejo de Ministros también ha aprobado la prórroga de la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda que impide subidas superiores al 2 %.
A través de esta medida, la persona arrendataria de un contrato de alquiler de vivienda habitual. Cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia de dicho contrato. Podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, estableciéndose que, en ausencia de pacto, la renta del contrato no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad, un índice situado actualmente en el 2 % y que no puede superar ese porcentaje de acuerdo con su definición.
Rebaja del IVA de la luz
La principal novedad es la rebaja del IVA de la luz del 10 % al 5 % hasta el 31 de diciembre de 2022. Esto supone que España tendrá a partir del 1 de julio el IVA de la electricidad más bajo de la UE.
La nueva bajada del IVA de la luz se produce en los mismos términos en los que estaba vigente. Afecta a los consumidores con una potencia contratada inferior o igual a 10 kW. Siempre que el precio medio aritmético del mercado mayorista de la electricidad correspondiente al mes anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 euros por Mwh.
El tipo del 5 % en el IVA se aplica también al 72,5 % de los contratos de suministro de electricidad de empresas y negocios (no domésticos). El gravamen del 5 % se aplicará también para los consumidores vulnerables severos y en riesgo de exclusión, con independencia de la potencia contratada o del precio de la electricidad.
Se mantiene la suspensión durante todo 2022 del Impuesto del Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE). Por otra parte, incluye la prorroga de la rebaja del IVA del 4 % a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas hasta el 31 de diciembre de 2022.
Bonificación del carburante
Otra de las medidas que se prorrogan en el Real Decreto-ley es la bonificación extraordinaria de 20 céntimos por litro de combustible que empezó a funcionar el 1 de abril y estaba prevista su finalización el 30 de junio, pero ahora, ante la persistencia del alza de precios, se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2022. La bonificación beneficia principalmente a los transportistas, pero también al resto de usuarios. El impacto de esta medida entre julio y diciembre de 2022 se estima en 4.038 millones de euros.
Prórroga de las rebajas de los precios energéticos
El pasado mes de marzo, el Gobierno aprobó un refuerzo del bono social eléctrico, ampliando su cobertura en 600.000 familias adicionales, hasta los 1,9 millones de hogares. También aumentó la dotación del bono social térmico para este 2022 hasta los 228 millones. Ahora ha decidido mantener los descuentos extraordinarios del bono social eléctrico para los consumidores vulnerables y vulnerables severos, situados en el 60 % y el 70 % de la tarifa regulada (PVPC), durante todo el año 2022.
Con relación a la Tarifa de Último Recurso de gas natural (TUR), en marzo se decidió mantener el límite del 15 % al incremento máximo del coste de la materia prima en su fórmula de cálculo para las revisiones del 1 de abril y del próximo 1 de julio. Esta medida se aplicará también en las próximas revisiones del 1 de octubre y el 1 de enero de 2023. Continúan manteniéndose las medidas de flexibilización de la contratación de suministro de gas natural para la industria.
El Ejecutivo prorroga la minoración de los beneficios extraordinarios obtenidos por las empresas eléctricas. Gracias a la repercusión de los precios de la generación con gas sobre la generación inframarginal (minoración de gas).
Ayuda de 200 euros para trabajadores, autónomos y desempleados.
El Real Decreto-ley incluye la aprobación de una ayuda de 200 euros para rentas bajas. En concreto, la normativa contempla que los asalariados, autónomos y desempleados inscritos en las oficinas de empleo puedan percibir un pago único de 200 euros. Se estima que esta medida beneficiará a 2,7 millones personas e incrementará su renta en 540 millones.
Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,4 euros.
¿Quiénes no pueden ser beneficiarios de este cheque?
No tendrán derecho a la ayuda quienes, a la fecha de entrada en vigor del real decreto-ley, perciban el Ingreso Mínimo Vital. En estos casos, el real decreto ya contempla un incremento del 15 % en la cuantía del ingreso mínimo vital hasta finales de año.
También pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. Así como quienes perciban prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado. Siempre que se trate de prestaciones por situaciones idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social.
Reducción del abono transporte
Se incluye ayudas directas del 50 % en los títulos multiviaje de los servicios ferroviarios prestados por Renfe. Así como a los títulos multiviaje de las concesiones estatales de servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general por carretera.
El Gobierno financiará una reducción de un 30 % el precio de todos los abonos y títulos multiviaje en los servicios de transporte público colectivo terrestre de competencia autonómica o local, vendidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2022, y cuya vigencia se enmarque en dicho período.
Medidas de apoyo al sector agrario
Entre las medidas aprobadas destaca el incremento de 60 millones de euros en la dotación presupuestaria destinada a subvencionar los seguros agrarios. El Gobierno reconoce el carácter prioritario de los seguros agrarios. Por cuanto constituyen el principal instrumento que dispone el productor para la gestión de los riesgos que pueden afectar a sus explotaciones, garantizar la viabilidad de las mismas y apoyar así la renta agraria.
Suspensión de desahucios
Se amplían hasta las medidas de protección hasta el 31 de diciembre que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual. Con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes. Incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento. Cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.
Se extiende el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria prevista en el citado Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. Podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre.