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La ministra de Sanidad, Carolina Darias, precisó recientemente que, aunque no será imperativo que se use en el trabajo, la última palabra la tendrán los servicios de prevención de cada empresa.
Serán ellos los que deberán hacer evaluar el entorno laboral y de cada puesto de trabajo para establecer las medidas preventivas oportunas. Teniendo en cuenta la ventilación de las instalaciones, nivel de ocupación, posibilidad de mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas, tiempo de permanencia de las personas en sus puestos, su actividad laboral, las condiciones de temperatura y humedad, la utilización de espacios comunes o medios de transporte compartidos y la existencia de personas vulnerables en la plantilla.
Criterios con una acelerada aplicación
Los criterios para evaluar la necesidad de uso de mascarillas en el trabajo se han publicado el mismo día. Por lo que los servicios de prevención de riesgos laborales apenas han tenido tiempo para valorar las condiciones de su empresa y tomar una decisión pertinente.
El Ministerio de Sanidad recomienda que, en la medida de lo posible, las empresas también adopten medidas organizativas para minimizar los riesgos. Como teletrabajo, evitar la coincidencia masiva de personas durante las horas de mayor influencia.
¿Dónde continua siendo obligatoria?
La mascarilla continúa siendo obligatoria en centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión o farmacias, tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes. La excepción es que no será obligatoria ni exigible para las personas que se encuentren ingresadas cuando permanezcan en sus habitaciones.
Además, continúa siendo obligatorio el uso de mascarillas en centros sociosanitarios como residencias de mayores, tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes. No será así para las personas residentes, porque se entiende que ese es su domicilio habitual.
La nueva norma invalida la anterior
Hay que destacar que la nueva norma deja sin efecto el Real Decreto 115/2022 que se aprobó en febrero. Por lo que tampoco habrá que portar la mascarilla en eventos multitudinarios que se realicen en recintos cerrados, como partidos de fútbol o baloncesto.
Además de estos entornos en los que se mantendrá el uso obligatorio, el decreto recomienda un uso responsable de las mascarillas entre la población vulnerable. Que incluye a personas mayores de 60 años, inmunodeprimidos, mujeres embarazadas, enfermos crónicos o profesorado con algún factor de vulnerabilidad. También es recomendable en eventos multitudinarios, aglomeraciones y en reuniones privadas cuando haya presentes personas en riesgo.
Durante su ultima comparecencia, la ministra de Sanidad defendió que el país se encuentra en “un contexto epidemiológico favorable” para quitar la obligatoriedad de la mascarilla. Recordó que en abril del año pasado la ocupación de las UCI era del 21%, mientras que ahora es del 4%, aunque la incidencia sea casi del doble.