Todas las formas de enviar documentación a la Seguridad Social para el Ingreso Mínimo Vital
Ingreso Mínimo Vital en 2021: requisitos y cuantías
El Ingreso Mínimo Vital (IMV), aprobado a mediados de 2020, va aumentando de forma progresiva su campo de actuación.
Un año después de su lanzamiento, ya eran más de 735.000 personas y 300.000 los hogares que lo percibían, pero la gran parte de las solicitudes aún están siendo denegadas, principalmente por motivos de renta.
Las indicaciones desde la Seguridad Social
La Seguridad Social, ha publicado desde su perfil de la red social Twitter un mensaje destinado a atención a la ciudadanía.
El organismo informa de que, si se te ha denegado el IMV, «puedes presentar una reclamación previa, identificándote y exponiendo las causas de tu reclamación».
#Duda ¿Qué puedo hacer si me han denegado el #IMV? 👉Puedes presentar una reclamación previa, identificándote y exponiendo las causas de tu reclamación.
💻Preséntalo en la sede electrónica o en el buzón del INSS: https://t.co/8oDoNhMtBm— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) August 2, 2021
Qué debemos hacer para presentar una reclamación
En el caso de no estar de acuerdo de la denegación de la solicitud del IMV, el interesado ha de rellenar una reclamación administrativa previa en materia de prestaciones de Seguridad Social. Que se destina precisamente a los casos de denegación de alguna prestación dependiente del organismo.
Esta reclamación, tal y como explica el artículo 71 de la ley reguladora de la jurisdicción social, se debe realizar en los 30 días posteriores a la resolución de denegación o la fecha en la que, según el proceso, se sobreentiende silencio administrativo.
No existe un modelo concreto, pero el escrito de reclamación sí debe contener información clave: nuestros datos personales, domicilio, DNI, el hecho que causa la reclamación, las alegaciones, el departamento de la Seguridad Social al que nos dirigimos, fecha y lugar, etc.
La Seguridad Social informa de que esta reclamación se puede presentar en la Sede Electrónica o en el buzón del organismo. También se puede presentar de forma presencial en las oficinas más cercanas o mediante el envío desde una oficina de Correos de un correo administrativo.
Conforme a la normativa, la Seguridad Social está obligada a responder en un plazo de 45 días. Si no se produce respuesta alguna, se entenderá esta situación como silencio administrativo o, lo que es lo mismo, una nueva denegación de la prestación.
Cuales suelen ser los motivos para la denegación del IMV
Durante el mes de mayo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informó de que más de dos tercios de las solicitudes del IMV eran denegadas.
El organismo explicaba que la mayor parte de estos rechazos se debían a razones de renta y patrimonio, es decir, por superarse los umbrales establecidos para acceder a la ayuda.
La segunda razón más habitual fue «la falta de acreditación de la unidad de convivencia», un problema que afecta en concreto a las personas «en situaciones de convivencia no convencionales», como las personas sin hogar, por ejemplo.