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Ingreso Mínimo Vital, ¿sustituirá esta prestación a las rentas mínimas autonómicas?

Rentas Mínimas de Inserción de las comunidades autónomas: como solicitarlas

Ingreso mínimo vital: nuevos beneficiarios, requisitos y solicitud


La aprobación del ingreso mínimo vital (IMV) el pasado año 2020, supuso un hito en las políticas contra la pobreza en España, sin embargo, su coexistencia con las rentas mínimas autonómicas sigue siendo conflictiva a día de hoy.

Y es que, desde un principio, el plan del Gobierno era el de que ambas se complementasen y conviviesen en armonía y no ha podido ser, nada más lejos de la realidad.

La necesidad de que tanto las rentas mínimas autonómicas, como el IMV sean complementarias, deriva de que ninguna de esas ayudas es suficiente. Pues ambas quedan lejos del umbral de la pobreza e incumplen los criterios del Comité Europeo de Derechos Sociales en aplicación de la Carta Social Europea.

El IMV está muy lejos de ser la prestación que tanto han publicitado y está resultando un proceso incierto y caótico, con más quebraderos de cabeza que soluciones, a lo que hay que sumar las diferencias con las RMI.

Cuando el ir de la mano ha supuesto un problema

Los requisitos del IMV se configuraron de tal forma, que se exigía el de haber solicitado previamente todas las prestaciones y subsidios posibles, a excepción de las rentas mínimas autonómicas.

Una vez se lanzó el IMV, las personas beneficiarias de una renta mínima autonómica de la mayoría de comunidades autónomas comenzaron a recibir notificaciones de su CCAA en las que se les indicaba que debían solicitar el IMV. Es decir, quien quisiera solicitar la RMI o bien seguir percibiéndola si ya la tenía concedida, adquirían como nuevo requisito el solicitar también previamente el IMV.

Este hecho no ha hecho más que entorpecer a las familias a la hora tanto de tramitar como de recibir una u otra prestación, desembocando en una larga espera sin ingresos suficientes. Y es que, si una persona quería solicitar la RMI o mantenerla, debía solicitar el IMV, mientras que este se ha ido atrasando durante meses. Por lo tanto, muchos hogares se han encontrado esperando ambas solicitudes sin respuesta, y duplicando el tiempo de espera.

Las rentas mínimas de inserción autonómicas

Cada Autonomía tenía ya su propia renta mínima dirigida a personas de muy escasos recursos, las cuales ya arrastraban carencias y problemáticas que debían solucionar.

Las cuantías eran muy bajas, los tiempos de espera en muchas comunidades se alargaban hasta más de un año, y los umbrales eran tan bajos que apenas resultan accesibles para toda la población en necesidad. Y de pronto, aparece una renta estatal, que deben incorporar a la suya propia, y que presenta tantos o más problemas de los que ya se tenían.

Las reacciones de cada gobierno autonómico han ido siendo diferentes: desde la suspensión de las rentas mínimas de inserción a algunas familias en la Comunidad de Madrid denunciados por varias ONG y que se justificaron como «errores», pasando por el archivo de todas las peticiones pendientes de la renta mínima de Castilla-La Mancha, hasta el incremento de la cuantía de la Renta Social Garantizada (RESOGA) de Baleares para equipararla a los umbrales del ingreso mínimo vital.

Esto solo fue el principio, ya que, el País Vasco, por ejemplo, ha pedido la transferencia de competencias del IMV y se encuentra a la espera de que se formalice.

El caso del País Vasco

El País Vasco es una de las administraciones con más experiencia en la gestión de rentas sociales. Desde hace más de tres décadas la Administración vasca implantó la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), esta ayuda que nació de la crisis industria acaecida en los años 80.

Actualmente tiene algo más de 53.000 perceptores. Euskadi estima que de entre todos ellos tendrán derecho al IMV cerca de 33.000 perceptores actuales, mientras que los otros casi 20.000 restantes, fundamentalmente pensionistas y personas sin residencia legal, no tendrán derecho a ella. Los importes que el Ingreso Mínimo Vital contempla están por debajo de los que tienen derecho, los cerca de 52.000 perceptores vascos.

La ‘horquilla’ de la RGI vasca oscila entre los 693 y los 1.074 euros mensuales, frente a los 462 a 1.015 euros que como máximo prevé la ayuda estatal para paliar situaciones de extrema necesidad.  La cuantía en Euskadi varía en función de la situación laboral y el número de personas a cargo del perceptor. Además, siempre se condiciona a la búsqueda activa de empleo.

A fin de cuentas, lo que el País Vasco busca es que el Gobierno les ceda la gestión del IMV. De manera que deberá asumirla por completo, sin recortar funciones ni servicios.  Es decir, el País Vasco asumirá todo el proceso de principio a fin y tramitaría, autorizaría y concedería la prestación.

La idea es que el IMV funcione tal y como se prometía y que pueda complementarse a la RGI de manera funcional y útil para los hogares con necesidades económicas.

Es preferible que se complementen o que la RMI sea sustituida por el IMV

Esta es una cuestión difícil de resolver, ya que debemos valorar varios puntos importantes.

Si partimos de la premisa en la que este tema se planteo, la cual constituía al IMV como una prestación base, el cual podía complementarse con otras prestaciones o subsidios. Tendríamos que tener en cuenta que, hasta que los tiempos de espera no se reduzcan al mínimo, esto no podría llevarse a cabo. Y es que si el resto de subsidios, como las RMI, deben esperar a que el IMV se resuelva, acaban por no cumplir su función, y ambas dejan desprotegidas a las familias solicitantes.

Además, se deberían coordinar los umbrales y requisitos, de manera que el engranaje funcione y no se entorpezcan, si no que la una vaya en favor de la otra, y al final, ofrezcan a los hogares una protección digna y suficiente.

Por otro lado, la realidad es que la tendencia parece ir hacia la desaparición las rentas autonómicas, en tanto se vaya estableciendo el IMV en el tiempo. Este hecho, si bien no es oficial, es muy probable que comencemos a verlo, de manera que el IMV, acabará por absorber a las RMI, acabando con la complementariedad y los beneficios que supondría que ambas se pudiesen percibir.

Esto no supondría problema alguno, si al desaparecer las RMI, el IMV se adecuara a la cantidad que se percibiría con ambas. Simplificando los procedimientos administrativos y ofreciendo a los usuarios el mismo servicio.

Al final como con todo lo que rodea al IMV, tendremos que seguir esperando para ver cómo continúa desarrollándose la evolución de la prestación. Todavía tiene un largo camino que recorrer hasta que las bases se asienten, las autonomías se pongan mínimamente de acuerdo con el gobierno central, y que los usuarios comiencen a ver beneficios.


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Tamara López

Graduada en Trabajo Social. Máster en Educación Social y Animación Sociocultural.

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