Díaz Ayuso anuncia un «cheque bebé» para madres menores de 30 años
Como solicitar el «cheque familiar» en 2021
Como obtener el titulo o carnet de familia numerosa en 2021
El “Cheque-bebé” que han anunciado recientemente en la Comunidad de Madrid se plantea como una ayuda destinada a mujeres embarazas menores de 30 años que llevan desde hace 10 años empadronadas en dicha comunidad autónoma y tengan ingresos inferiores a 30.000 euros anuales. De esta manera, podrán percibir una ayuda de 500 euros al mes a partir del quinto mes de embarazo hasta los dos años.
Pero… ¿Qué ocurre en el resto de Las Comunidades Autónomas? Hagamos un repaso:
Andalucía:
Tiene en vigor un plan para ayudar a los nuevos nacimientos en las familias numerosas. Por el nacimiento del tercer hijo/a si ya tienen más hijos e hijas menores de tres años podrán obtener una ayuda de 600 euros al año por cada uno de los otros/as hijos/as menores de tres años.
En el caso de partos múltiples hay un pago único anual durante los tres años posteriores al nacimiento o acogimiento familiar, su cuantía oscila entre los 1.200 euros y los 4.800 dependiendo del número de hijos e hijas.
Las personas que tienen derecho a estas ayudas pueden beneficiarse también de una deducción autonómica en el IRPF de 50 euros por hijo/a. En adopción internacional, los/as contribuyentes tendrán derecho a aplicar en la cuota íntegra autonómica del mismo impuesto una deducción de 600 euros por cada hijo/a adoptado/a.
Asimismo, tienen otro tipo de ayudas como la gratuidad de medicamentos y productos sanitarios para niños/as menores de un año y atención dental para niños/as de entre 6 a 15 años.
Aragón:
Tiene en vigor un plan para ayudar a las familias numerosas. Este plan está destinado tanto para padres y madres de trillizos nacidos en el mismo parto como para padres y madres adoptantes de tres hijos/as en el mismo proceso de adopción con sentencia firme o con guarda legal. O también se contempla cuando en el parto múltiple o adopción de dos hijos/as, al menos uno/a de los/as menores presenta una discapacidad igual o superior al 33%.
Uno de los requisitos para poder acceder a esta ayuda es que uno de los/as progenitores/as debe estar empadronado o vivir efectivamente en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón un año antes de la presentación de la solicitud. La cuantía de la ayuda es de un máximo de 1.200 euros por hijo/a dependiendo de la renta per cápita. Esta ayuda se concede hasta que los hijos o hijas superen los 12 años en caso de parto múltiple o hasta que el o la más pequeña de los/as menores adoptados/as supere esa misma edad.
Principado de Asturias:
No tiene en vigor ayudas especiales a la maternidad. Pero si que contempla beneficios para las familias numerosas, para ello se debe solicitar el certificado de reconocimiento de familia numerosa. También se contemplan ayudas para el acogimiento familiar en familia extensa para poder hacer frente a los gastos de manutención y otros gastos asociados al acogimiento. Para percibir esta ayuda se debe o residir en el Principado de Asturias o que la Administración del Principado de Asturias haya sido quien ha constituido o instado el acogimiento familiar.
Baleares:
Al igual que Asturias contempla beneficios para familias numerosas, como por ejemplo en materia de vivienda, con el carnet de familia numerosa.
Cantabria:
Tiene ayudas destinadas a madres tanto por parto como por adopción. Para poder acceder a esta ayuda se debe estar empadronada durante el año anterior a la solicitud en algunos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria además de no superar la cuantía de 42.000 euros de renta anual.
Según la renta la cuantía puede oscilar entre los 400 y los 900 euros. Si la madre esta empadronada en un municipio igual o inferior a 3.000 habitantes la cuantía será de 1.000 euros. Sin embargo, si la madre alcanza la condición de familia numerosa con el segundo nacimiento o adopción la cuantía es de 1.500 euros.
En el caso de nacimiento o adopción múltiple será de 2.000 euros y en el caso de nacimiento o adopción triple será de 3.000 euros. En definitiva, las cuantías se incrementarán en 1.000 euros por cada hijo/a nacido/a o menor adoptado/a con grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Canarias:
No contempla ayudas autonómicas.
Castilla y León:
Esta Comunidad no tiene ayudas destinadas a maternidad, pero si ha lanzado una nueva iniciativa para la facilitación de la conciliación de la vida familiar y laboral que arrancará este año llamado “Bono Concilia”. Se trata de una ayuda media de 750 euros por hijo/a, a las familias cuyos padres y madres trabajen para compensar los gastos derivados de la guardería o cuidadores/as de menores hasta tres años.
Por otro lado, también cuenta con deducciones autonómicas fiscales por nacimiento o adopción. Los/as contribuyentes pueden deducirse 1.010 euros si se trata del primer hijo/a, 1.475 euros si se trata del segundo hijo/a o 2.351 euros si se trata del tercer hijo/a o sucesivos/as. Estás cuantías se duplican en el caso de hijos/as con discapacidad igual o superior al 33%.
Castilla-La Mancha:
Tiene ayudas económicas para familias numerosas. En este caso, la cuantía mensual se determina en función del número de hijos/as que figura en el Título de familia numerosa y el importe mínimo a percibir son 15 euros por hijo/a mensual. A pesar de que las ayudas se calculan mensualmente el abono efectivo se hace anualmente en dos pagos en los meses de junio y diciembre. Esta ayuda tiene una vigencia de dos años y para su renovación es necesario solicitarlo los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento.
Cataluña:
Cuenta con una ayuda de 650 euros por nacimiento, adopción o acogimiento familiar. En el caso de familias numerosas el importe asciende a 750 euros. Para poder percibir esta ayuda la unidad familiar no debe sobrepasar cierto limite de rentas, las personas solicitantes deben residir en Cataluña y en el caso de ser dos progenitores/as al menos uno de ellos debe haber residido en Cataluña durante cinco años, dos de esos años deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Extremadura:
En años anteriores concedían ayudas de hasta 1.400 euros por hijo/a, dependiendo del número de hijos/as y del número de habitantes de la localidad de residencia. Sin embargo, este año estas ayudas no han sido convocadas.
Galicia:
Tiene vigente una ayuda de 100 euros mensuales por hijo/a y 200 euros a partir del tercero/a mediante la “Tarjeta Benvido”. Se trata de una tarjeta monedero que solo puede gastarse en comercios gallegos y en productos para la infancia para sufragar los gastos del cuidado del bebé durante su primer año de vida. El importe puede crecer en casos de rentas bajas y familias numerosas.
Murcia:
No contempla ayudas autonómicas.
Navarra:
No contempla ayudas autonómicas.
País Vasco:
Concede una serie de pagas por nacimiento, tutela o adopción dependiendo del nivel de renta y del número de hijos/as. Las cuantías oscilan entre los 400 y los 900 euros. En el caso de que el hijo/a tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o una situación de dependencia las cuantías se multiplican. Por el primer hijo/a se puede percibir una paga al nacer. En caso del segundo hijo/a se puede percibir una paga al nacer, otra al cumplir un año y una tercera al segundo año. Por el tercer hijo/a se puede percibir una paga al nacer y pagas anuales hasta que cumpla los seis años.
En el caso de la ayuda por parto múltiple, adopción nacional múltiple o adopción internacional la ayuda se paga sólo una vez y tiene carácter acumulativo en relación con las ayudas por hijo/a a cargo.
La Rioja:
No tiene en vigor ayudas especiales a la maternidad. Pero sí que contempla beneficios para las familias numerosas como son los beneficios fiscales.
Comunidad Valenciana:
No contempla ayudas autonómicas.