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En este artículo vamos a ver si es obligatorio contratar un seguro de vida o de protección de pagos para un préstamo personal.
Lógicamente, el prestamista quiere asegurarse de que recuperará el dinero y de que cobrará los intereses pertinentes, por lo que exige al solicitante que tenga un trabajo estable, que cobre unos ingresos suficientes para pagar las cuotas y que no esté endeudado en exceso.
¿Entonces es obligatorio un seguro de vida para un préstamo personal?
Cumplir este requisito, sin embargo, no siempre basta para obtener la aprobación. Y es que los bancos convencionales y entidades financieras que trabajan para concesionarios de vehículos, exigen al cliente que contrate un seguro de vida o de protección de pagos que asegure el abono del crédito en caso de fallecimiento, accidente o desempleo. En la mayoría de los casos, además, piden que esa póliza se suscriba a través de su mediación.
A la pregunta: ¿una financiera puede exigir al solicitante de un préstamo que contrate un seguro? ¿Y el cliente puede suscribir esa póliza con la empresa que quiera o debe hacerlo a través de la mediación de la entidad? La exigencia de contratar un seguro sí es legal, pero no la de suscribirlo con la propia financiera.
El seguro de la financiera para un préstamo personal no puede ser obligatorio
Según el artículo 136.2.f del Real Decreto-ley 3/2020, «son actividades prohibidas para los mediadores de seguros […] imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro«. Es decir, que el gestor comercial de una entidad financiera no puede exigir a un cliente que contrate una póliza de seguro de vida o de protección de pagos con la propia entidad a cambio de aprobar su solicitud de préstamo.
Otro dato a tener en cuenta es que la entidad sí puede negarse a conceder un préstamo si el solicitante no contrata un seguro de vida o protección de pagos. Ya sea a través de su mediación o con cualquier otra aseguradora. Asimismo, tiene derecho a ofrecer una rebaja del interés del crédito si, a cambio, el cliente suscribe estas pólizas con la propia financiera y otros productos o servicios como domiciliar la nómina o usar una tarjeta de crédito.
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¿Conviene asegurar un préstamo?
El cliente, por lo tanto, puede considerar que sí le conviene contratar ese seguro. De esta manera, tendrá más probabilidades de conseguir el préstamo. Y si lo suscribe a través de la mediación de la entidad, hasta puede rebajar el interés aplicado para pagar una cuota más asequible. Pero ¿sale realmente a cuenta asegurar un crédito ante un fallecimiento, un accidente o una potencial situación de desempleo?
Hay que tener presente que un seguro no sale gratis: hay que pagar una prima, ya sea por períodos mensuales o anuales o en el momento de firmar el préstamo, cuyo precio puede ser considerable. Por ello, si una financiera ofrece rebajar el interés a cambio de suscribir una póliza, es aconsejable hacer números para calcular si el coste total del crédito será más bajo a la larga.
Puntos a tener en cuenta
El cliente, además, debe valorar si realmente necesita las coberturas de la póliza que le pide el banco.
Por ejemplo:
- Si el solicitante es una persona joven sin herederos que pretende saldar su deuda en pocos años, suscribir un seguro de vida puede ser innecesario. Dado que en el improbable caso de que falleciera, nadie heredaría su deuda.
- Y si es funcionario de carrera, tiene poco sentido vincular el crédito a un seguro de protección de pagos, pues el riesgo de perder el trabajo es prácticamente nulo.
Otro punto que hay que tener en cuenta es que hay entidades que ofrecen préstamos sin seguros. Estos pueden salir más baratos que los que conceden las que sí exigen contratar estas pólizas.
Por todo ello, es recomendable comparar los préstamos de varias entidades, tanto de las que exigen contratar un seguro junto al crédito como las que no. De este modo, podrá comparar los precios de las distintas propuestas. Para, así, decantarse por la financiera que le cobre menos, tanto mensualmente como en total.