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El aviso del SEPE para los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años

por Redacción
8 de mayo de 2023

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El SEPE ha avisado sobre el subsidio para mayores de 52 años a través de redes sociales como Twitter. Ya que los que disfrutan de esta ayuda deberán tenerla en cuenta en la declaración de la Renta.

Se trata de una ayuda económica para aquellas personas que se encuentren en esta franja de edad y que hayan agotado el paro o el subsidio por desempleo.

El importe para este 2023 corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), esto es, 480 euros mensuales

Por tanto, ha recordado a todos aquellos beneficiarios de este subsidio para mayores de 52 años que, para poder seguir cobrándola, deberán presentar de manera anual una declaración de sus rentas. Obviamente, acompañada de la documentación que las justifique, en su caso.

???? Si estás percibiendo el ‘Subsidio para mayores de 52 años’, debes presentar cada año una declaración de tus rentas.

???? Más información ???? https://t.co/OB9O5y3EQg pic.twitter.com/eICxfWWjFD

— SEPE (@empleo_SEPE) April 28, 2023

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¿Qué sucede si se disfruta del subsidio para mayores de 52 años y no se presenta este documento?

Así, si los ingresos no han superado en ningún mes el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), se podrá tramitar esta declaración anual en la sede electrónica del SEPE. Para ello, será necesario identificarse con uno de los siguientes métodos: certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

En el caso de no disponer de clave de acceso o de que las rentas hayan superado este importe algún mes, la persona que recibe este subsidio para mayores de 52 años deberá presentar la declaración en las oficinas de prestaciones. Siempre mediante cita previa.

¿Y cuál es el plazo para presentar este documento?

Según recoge el SEPE, esta declaración de rentas debe presentarse «cuando transcurran 12 nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran 12 nuevos meses desde la última reanudación». De tal manera que el plazo de presentación es de 15 días hábiles a partir de la fecha indicada. «Si no presenta dicha declaración, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización», avisa el organismo público.

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