A priori, el no tener cargas familiares puede parecer un punto a favor, ya que no tendríamos gastos y obligaciones adicionales.
Sin embargo, nos encontramos con que aquellas personas que se encuentran en una situación de necesidad, y no tienen cargas familiares, a menudo no pueden acceder a la mayoría de las ayudas ofrecidas por las distintas entidades relacionadas.
¿Qué se considera tener cargas familiares?
Existirá una carga familiar cuando se acredite que una persona vive a expensas de otra, denominada beneficiario.
A continuación, vamos a detallar aquellas ayudas a las que este colectivo puede acceder.
Subsidios del SEPE
Las personas desempleadas pueden cobrar un subsidio, aunque no tengan cargas familiares, ya que hay algunas modalidades de subsidio para las que no se exigen cargas, como en el caso de los siguientes colectivos:
- Subsidio para personas desempleadas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva.
- Personas desempleadas mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión de jubilación.
- Subsidio para personas desempleadas que hayan cotizado entre 180 y 359 días.
- Personas desempleadas que hayan sido declaradas plenamente capaces o inválidas parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de invalidez.
- Subsidio para personas liberadas de prisión.
- Personas trabajadoras emigrantes retornadas.
- Prestación contributiva por desempleo.
Requisitos comunes
Además de pertenecer a alguno de los colectivos anteriores, deben cumplir entre otros requisitos mas específicos, los siguientes requisitos generales:
- No tener rentas individuales superiores, en cálculo mensual, al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo, cumplir el compromiso de actividad incluido en la solicitud y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional.
Ayuda Renta Agraria
Aquellos desempleados de Andalucía y Extremadura que hayan sido trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social y cumplan los requisitos establecidos. Podrán solicitar esta ayuda sin la necesidad de acreditar que no poseen cargas familiares. Este hecho influirá para la duración de la ayuda, pero, en lo que tiene que ver con la cuantía, no existiría ninguna variación.
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Al conocido IMV también pueden acceder las personas que no tengan cargas familiares, y que cumplan con los requisitos que la prestación de la Seguridad Social establece.
Puedes conocer los requisitos pinchando aquí.
Rentas Mínimas de Inserción
El caso de las rentas autonómicas es similar al del IMV, a las cuales se podrá acceder cumpliendo determinados requisitos, entre los cuales no se incluye la obligatoriedad de contar con cargas familiares.
Ayudas al alquiler
Para poder optar a las ayudas para el alquiler, tampoco será necesario tener cargas familiares. Lo que si necesitarás es cumplir con los requisitos existentes. Como, por ejemplo, tener un contrato como inquilino, no poseer ingresos suficientes y que la cuantía del alquiler no supere la cantidad establecida por cada Comunidad Autónoma.
Puedes conocer estas ayudas y sus requisitos pinchando aquí.
Ayudas de emergencia social
A través de los Servicios Sociales podremos solicitar las llamadas ayudas de emergencia. Estas ayudas están destinadas a aquellas personas que han sufrido un desahucio. También consideran el pago de suministros, adquirir alimentos, o alguna situación derivada de la necesidad por falta de ingresos.
Ayudas para suministros
El conocido “bono social eléctrico”, o los bonos sociales de agua o gas, están a disposición de toda aquella persona que acredite ciertos requisitos. Entre los cuales no figuran específicamente las cargas familiares.