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En este artículo vamos a ver las ayudas que existen a mujeres en situación de violencia de género, las cuantías y requisitos.
Dentro del Sistema Público de Empleo existen una serie de ayudas especiales para las mujeres víctimas de violencia de género.
Ayuda de pago único
Esta ayuda se tiene que solicitar en los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma. Cada uno tiene su propia normativa, que desarrolla la regulación estatal (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género).
Están disponibles en todas las páginas web de cada Comunidad.
Renta Activa de Inserción RAI para víctimas de violencia de género
La RAI es una ayuda extraordinaria de 480€ pensada para aquellas personas que no pueden acceder a otro subsidio y encuentran especiales dificultades para encontrar trabajo: parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados, emigrantes retornados o víctimas de violencia de género o doméstica, que es la que analizamos en este artículo.
La RAI tiene una normativa específica, no se regula por la Ley General de la Seguridad Social como el resto de los subsidios, sino por el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre. En él se establecen los requisitos para cobrar la ayuda, en este caso, por ser víctima de violencia de género o doméstica:
- Acreditar la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica mediante certificación de los Servicios Sociales.
- Estar dado de alta como demandante de empleo, y firmar el compromiso de actividad. Tener al día la tarjeta del paro, tras sellar cada tres meses.
- No haber cumplido los 65 años.
- Finalizar el cobro de la pensión contributiva por desempleo, el paro, y no tener derecho a otra ayuda económica.
- No superar el tope de rentas, que en 2023 es de 750 euros al mes.
- No haber cobrado la RAI durante tres veces.
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Documentación necesaria para cobrar la RAI por violencia doméstica o de género
- Modelo de solicitud, disponible en la Oficina Virtual del INEM.
- Documento de Identidad (DNI o NIE) o Libro de familia en el caso de que haya menores a cargo.
- Documentación emitida por el juzgado en el que se reconozca la condición de víctima de violencia de género. Debe figurar una condena al agresor.
- En el caso de que lo solicite el trabajador del SEPE, habrá que incluir un certificado de rentas en el que quede acreditado que el solicitante no tiene ingresos suficientes.
Protección especial a través de otras ayudas públicas
Además de las ayudas estatales que ya hemos comentado, hay que hacer especial mención al Ingreso Mínimo Vital (IMV), para las mujeres víctimas de violencia de género en situación de vulnerabilidad económica.
En todos los requisitos para recibir el Ingreso Mínimo Vital hay menciones especiales a las víctimas de violencia de género, de forma que se flexibilizan los requisitos para poder acceder a esta nueva ayuda de la Seguridad Social.