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- Los beneficiarios que recibieron el cheque de 200 euros por error puede que tengan que devolverlo
- La ayuda de 200 euros: ¿Si mi estado es de ‘Alta’ recibiré el pago esta semana?
- El aviso de Hacienda a los solicitantes de la ayuda de 200 euros
¿Has solicitado la ayuda de 200 euros y no sabes cuándo la recibirás? Ya están pagando la nueva remesa de esta ayuda. En este artículo te lo contamos.
Debido a la situación que atraviesa el país en la actualidad por la alta inflación, el primer trimestre del año se puso a disposición de los ciudadanos con bajos ingresos la posibilidad de solicitar una ayuda de 200 euros. La solicitud de esta acabó el pasado 31 de marzo y durante el mes de abril se han realizado diferentes pagos, aunque todavía no ha llegado a todos los beneficiarios al igual que ocurre con la Renta 2022.
La Agencia Tributaria cuenta con una plataforma con el objetivo de consultar el estado de la ayuda de 200 euros para conocer si está dada de alta o de baja. Pero tras poder revisar la información que ofrece a diferentes personas a las que han ingresado esta ayuda, y también ver las impresiones en diferentes grupos y foros de redes, podemos concluir que, ahora sí se actualiza el estado de la ayuda de 200 euros.
Hacienda ya actualiza el estado de la ayuda de 200 euros
La Agencia Tributaria tiene una importante tarea por delante para poder mejorar la transparencia de todos sus trámites. Desde luego, con la ayuda de 200 euros lo ha dejado más que claro. Ahora mismo, solo se puede comprobar en este caso si la solicitud está dada de alta o si, por el contrario, se ha dado de baja a raíz de que no se cumplía algún requisito. En algunos casos también se menciona el estado ‘0A’, estado que tampoco concluye nada. Pero en esta ultima semana, hemos percibido algunos cambios en los estados como el estado ‘acordado’ o ‘acuerdo de devolución’ también ‘alta acuerdo de devolución’. Como se puede ver en las imágenes que adjuntamos. Estos últimos estados indicarían la aprobación en espera del pago.
Los estados de la ayuda
Muchas de las recientes informaciones acerca de la ayuda de 200 euros se han centrado en qué significa el estado de Alta, 0A, Acuerdo de devolución o Baja junto a la solicitud del contribuyente.
El periodo de ‘Alta’ corresponde a la fase inicial, que se entiende como que la solicitud se envió correctamente, mientras que la segunda fase. La de ‘0A’, se puede entender como que la Agencia Tributaria ha recibido y aceptado la solicitud y la cuenta bancaria, pero está pendiente de revisión para tramitar el pago de la ayuda de 200 euros, mientras que el ‘Acuerdo de devolución’ significa que el Fisco abonará próximamente la ayuda, tras ser aceptada y tramitada.
Hacienda explica qué quiere decir que el estado de tu solicitud se encuentre en periodo de ‘Alta’ o ‘Baja’ y no corresponde a que haya sido aceptada o denegada.
En caso de que aparezca el estado de ‘Baja’, significa que no habrás rellenado correctamente el formulario, aunque tendrás la oportunidad de desistir la solicitud y enviar de nuevo tus datos, o que no te han aprobado el cheque. En este caso, dispondrás de diez días para reclamar la ayuda de 200 euros y presentar alegaciones.
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¿Cómo puedo comprobar el estado?
Para comprobar el estado de la ayuda de 200 euros y, posteriormente, recibir el pago, tendrás que acudir al apartado de ‘NUEVA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio’ en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Una vez ahí, deberás seleccionar la opción «Consulta de solicitudes presentadas», accediendo mediante certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN.
Si mi estado es de Alta, ¿recibiré el pago de los 200 euros esta semana?
Si bien es cierto que pueden ser muchas personas las que reciban el pago antes de que finalice mayo. Pero teniendo en cuenta que casi 3 millones de personas solicitaron la ayuda de 200 euros, es probable que muchos no reciban el cheque hasta finales de junio, plazo que tiene Hacienda desde que finalizó el correspondiente a la solitud para tramitar la ayuda.
Ya están pagando la nueva remesa de la ayuda de 200 euros
Estos últimos días incluido hoy 19 de mayo, son miles los beneficiarios que han recibido a través de su cuenta bancaria, y en un único pago, esta nueva remesa de la ayuda de 200 euros del Gobierno. Hemos podido corroborar este dato, gracias a todas las personas que nos habéis contactado, para confirmarlo.
¿Por que tarda Hacienda en hacer los pagos de la ayuda de 200 euros?
Desde la Agencia Tributaria han explicado a este medio, que actualmente están procesando y verificando miles de solicitudes. Por lo que solicitan paciencia e indican que, las solicitudes se resolverán y las que cumplan los requisitos se abonaran, dentro de plazo. Actualmente, se está pagando una nueva remesa de esta ayuda.
En todo caso desde esta administración nos recuerdan que, la fecha tope para percibir esta ayuda es el 30 de junio. Por lo que de momento no queda otra que esperar.
¿Qué ocurre si no me pagan la ayuda?
Para solicitar los 200 euros no ha hecho falta aportar ningún tipo de documentación. Puesto que la Seguridad Social y el resto de los organismos públicos remiten a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.
En el caso de que la solicitud presentada no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
¿Qué ocurre si pasan los meses y no se me notifica nada?
Transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria. La solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
¿Si no me pagan la ayuda puedo reclamar?
Si no estás de acuerdo con la resolución de la Agencia Tributaria, podrás interponer:
- Recurso de reposición. En el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
- Reclamación económico-administrativa. En el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.