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Así queda el sueldo mensual en 12 pagas con la subida del salario mínimo en 2023

La subida del 8% del salario mínimo interprofesional ha sido aprobada en el Consejo de Ministros. ¿Cómo se quedará el sueldo mensual si se reciben 12 pagas?


El martes día 14 se aprobaba por el Consejo de Ministros la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) por la que se incrementará en un 8%. Es decir, que los ciudadanos que hasta ahora estaban recibiendo los 1.000 euros mensuales pasarán a los 1.080 euros mes y se situará en el 60% del salario medio en España.

Muchas personas tienen dudas de la cantidad de dinero que percibirán por lo que ¿Cuánto dinero se recibe al mes si tenemos 12 pagas?

El SMI será de 1.080 únicamente si se reciben 14 pagas (es decir, las 12 pagas correspondientes a los meses y otras dos extra en verano e invierno). Para los trabajadores que cuenten con 12 pagas anuales la cifra será diferente. En este caso, las pagas dos extra se prorratean, por lo que la cantidad que ingresarán al mes es mayor, de 1.260 euros. Se debe tener en cuenta que el SMI siempre es la cuantía bruta.

Por lo que, a la suma mensual que pasará a cobrarse hay que descontarle los impuestos y cotizaciones sociales que se dan en todos los sueldos y que varían según la retribución percibida. Una vez aplicados estos descuentos lo que resta es lo que se conoce como el salario neto.

¿Cuándo entrará en vigor?

Aunque esta subida se apruebe este mes de febrero, tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Esto supone que el dinero que correspondería al mes de enero se abonaría este mes de febrero, junto a la nómina.

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¿Qué trabajadores se verán beneficiados por la subida del SMI?

Según aparece reflejado en el artículo 27 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores el Ejecutivo establece el salario mínimo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • El índice de precios de consumo.
  • La productividad media nacional alcanzada.
  • El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
  • La coyuntura económica general

La revisión del salario mínimo no afectará a «la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel».

Belén Romero Escolano

Trabajadora Social

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