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Tras la reforma laboral, el contrato fijo-discontinuo ha cobrado importancia. Pero ¿conoces sus características y su funcionamiento?
Quédate leyendo porque en este artículo vamos a ver en qué consiste este tipo de contrato, cómo se realizan los conocidos “llamamientos”, así como distintas situaciones que debes contemplar para que puedas defenderte con total garantía.
¿Qué es el contrato fijo-discontinuo?
El contrato de trabajo fijo discontinuo contempla los casos en los que el trabajador trabaja de forma estacional y estable. Esto significa que el trabajador tiene asegurado su derecho a prestar servicio a la empresa de forma regular cuando la empresa así lo requiera.
Es decir, se concierta para:
- La realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada.
- El desarrollo de aquellos trabajos que, siendo de prestación intermitente, tengan períodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
Este tipo de contrato implica que el trabajador forma parte de la plantilla de la empresa en la Seguridad Social, pero está desvinculado de una prestación de trabajo continua.
Es un contrato indefinido y es aplicable tanto a las jornadas de trabajo completas como a las parciales.
¿Cómo se realizan los llamamientos?
El orden del llamamiento va a depender de lo que establezca al efecto el Convenio Colectivo de aplicación.
El llamamiento debe hacerse por escrito o por otro medio que permita dejar constancia de la oportuna notificación. Además, deberá hacerse con la antelación adecuada.
¿Y si la empresa no me llama?
Si la empresa no te llama, podrás demandar a la empresa por despido improcedente o nulo, empezando a computarse el plazo para la interposición de la demanda desde el día en el que tuvieras constancia de la falta de llamamiento.
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¿Y si la empresa realiza el llamamiento, pero yo no me incorporo?
En este caso, tendrá la consideración de baja voluntaria, con las siguientes consecuencias:
- Pérdida del derecho a indemnización.
- Pérdida del derecho a la prestación por desempleo.
¿Y si me encuentro en situación de incapacidad temporal?
Si estuvieras de baja médica en el momento de realizarse el llamamiento, tienes la obligación de comunicar tal situación a la empresa.
Comunicada la situación de baja, la empresa tramitará tu alta en la Seguridad Social y, a continuación, procederá a cursar la baja por Incapacidad Temporal.